¿Sos un conductor experto? Te ponemos a prueba

Como cada semana, la Dirección de Vialidad presenta algunos desafíos para saber cuánto conocen los lectores sobre las señales y reglas de tránsito. ¿Sabes cómo manejarte en una rotonda? Te decimos qué dice la Ley.

Caso de la semana:

Estas conduciendo y llega el turno de pasar por una rotonda, ¿Sabés si debes dar paso al que ingresa o vos tenés prioridad? En nuestra columna semanal de la Dirección de Vialidad, lo sabrás.

 

¿Qué dice la Ley Nacional de Tránsito? Esta Ley establece que, en rotondas, «tiene prioridad de paso el que circula por ella sobre el que intenta ingresar debiendo cederla al que egresa, salvo señalización en contrario».

Según el portal web, Tn.com.ar, en el Artículo 43, indica: «Si se trata de una rotonda, la circulación a su alrededor será ininterrumpida sin detenciones y dejando la zona central no transitable de la misma, a la izquierda».

La de las rotondas es una «regla especial» (así lo dice la Ley), ya que el Artículo 41 (es el de Prioridades) indica que todo conductor debe ceder siempre el paso en las encrucijadas al que cruza desde su derecha». La de las rotondas es una de las pocas excepciones.

Agrega que la prioridad del que viene por la derecha se pierde, además, cuando la señalización especifica lo contrario, ante los vehículos ferroviarios, los vehículos del servicio público de urgencia en cumplimiento de su misión, los vehículos que circulan por una semiautopista y los peatones que cruzan lícitamente la calzada por la senda peatonal.

También cuando se desemboque desde una vía de tierra a una pavimentada, cuando se circule al costado de vías férreas respecto del que sale del paso a nivel y cuando se haya detenido la marcha o se vaya a girar para ingresar a otra vía. ¿Respondiste bien?

 

 

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