Slámovits quiso conciliar con los familiares de las personas que mató para evitar el juicio, pero la fiscal rechazó la solicitud

Hasta último momento, Gonzalo Slámovits, el ex empleado de la Dirección de Migraciones, que ebrio chocó y mató a dos amigas en Posadas, hasta último momento intentó frenar la realización del juicio oral y público en su contra, que empieza este viernes a las 7.30, en el juzgado Correccional Uno, a cargo de la magistrada Marcela Leiva.
Trascendió que por medio de su defensora oficial Liliam Belloni pidió un «principio de oportunidad» o «conciliación», previsto en el Código Procesal Penal de Misiones, a fin de que se desista de la acción penal y que Slámovits compense a los familiares de las víctimas. Pero la fiscal Yolanda Mazal rechazó la solicitud.
Puntualmente, el Artículo 60 del CPP Dice: «Criterios de oportunidad. Las partes pueden solicitar, durante la
sustanciación de la causa, y hasta la resolución que fija la fecha de audiencia de debate, que
se suspenda total o parcialmente la persecución penal, que se limite a alguna o varias
infracciones o a alguna de las personas que participaron en el hecho cuando:
a) el Código Penal o las leyes penales especiales lo establecen o permiten al Tribunal a
prescindir de la pena;
b) se trata de hechos que por su insignificancia no afectan gravemente el interés público,
salvo que sean cometidos por un funcionario público en el ejercicio o en razón de su cargo;
c) las consecuencias del hecho sufridas por el imputado tornan innecesaria o
desproporcionada la aplicación de una pena, salvo que medien razones de seguridad o
interés público;
d) la pena en expectativa carece de importancia con relación a la pena ya impuesta por otros
hechos;
e) existe conciliación entre los interesados, y el imputado reparó los daños y perjuicios
causados en los hechos delictivos con contenido patrimonial cometidos sin violencia física
o intimidación sobre las personas, o en los delitos culposos, salvo que existan razones de
seguridad, de interés público o se encuentre comprometido el interés de un menor de edad;
f) existe conciliación entre los interesados y el imputado en los delitos culposos, lesiones
leves y/o amenazas, salvo que existan razones de seguridad, de interés público o se
encuentre comprometido el interés de un menor de edad;
g) el imputado se encuentra afectado por una enfermedad incurable en estado terminal,
según dictamen pericial o tiene más de setenta (70) años de edad, y no existe mayor
compromiso para el interés público».
En este caso, Slámovits invocó el inciso «e». Pero en vista al rechazo, se sentará en el banquillo de los acusados. Para el debate, hay diez testigos citados, entre ellos el taxista que estaba hablando con las víctimas cuando apareció el auto descontrolado del acusado y arrastró a las amigas, causándoles la muerte instantánea.
Las víctimas de Slámovits fueron Gladis González (27) y de Yanina Galarza (20). Ambas hablaban con un taxista al que le consultaban el precio de ese viaje hasta el barrio San Isidro, donde ambas vivían, cuando de improviso el VW Golf del imputado se las llevó por delante, arrancando incluso la puerta del taxi. Esto sucedió la mañana del 7 de febrero de 2015.
El informe pericial precisó que al momento del choque el auto rojo que conducía el acusado iba a entre 120 y 140 kilómetros por hora. El test al que lo sometieron determinó que tenía 1,13 de alcohol en sangre.
Yanina y su amiga (y ex cuñada) Gladis fueron arrastradas más de 40 metros. Antes de detenerse, el coche arrancó de cuajo dos postes de luz y luego dio contra un montículo de tierra.
Yanina era madre de una nena de dos años. Gladis tenía cinco hijos.

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