La muerte de Débora Pérez Volpin: «El desenlace pudo haberse evitado» y otras frases del procesamiento a los médicos

El juez responsabilizó al endoscopista y a la anestesista por la muerte de la periodista. Por qué el fallo sostiene que «violaron el deber de cuidado» de la paciente.

Para el juez Carlos Bruniard, la muerte de Débora Pérez Volpin «pudo haberse evitado». Eso no fue todo: el magistrado consideró que el endoscopista y la anestesista «violaron el deber de cuidado» y que mintieron en sus declaraciones indagatorias. Por eso, responsabilizó a Diego Bialolenker y a Nélida Inés Puente por «homicidio culposo», los procesó sin prisión preventiva y los embargó por $ 1.700.000.

En una resolución de 86 fojas, al que accedió TN.com.ar, el juez concluyó, a partir de toda la prueba reunida, que el endoscopio fue el que le causó la lesión fatal a Débora y que la anestesista empeoró la situación de la paciente a ingresar oxígeno a varias zonas del cuerpo menos los pulmones. Bruniard, entonces, enumeró las evidencias contra Bialolenker y Puente.

Cómo llegó Débora a La Trinidad

«Se encuentra acreditado que Débora Pérez Volpin ingresó el 5 de febrero de 2018 a las 19 horas a la Clínica Trinidad de Palermo presentando un cuadro de epigastralgia (dolor abdominal) y, por la evolución del cuadro, se decidió que permaneciera internada».

«Le fueron realizados varios estudios de diagnóstico como ser: estudios de laboratorio, ecografía abdominal, Rx de torax, electro cardiograma, tomografía axial computarizada abdominopelviana y colangio resonancia».

«La médica clínica Marina Inés Cassella concluyó la necesidad de realizar una video endoscopia digestiva alta (VEDA). La paciente se encontraba apta para realizar el estudio endoscópico y someterse a la anestesia necesaria».

«Quedó claro que Débora no presentaba patologías preexistentes de causas inflamatorias, infecciosas, vasculares o neoplásticas idóneas para producir o contribuir a su muerte, según el informe elaborado por los médicos forenses y lo declarado por los doctores Casella y Lopez Laplace.

Las pruebas contra Bialolenker

«Los galenos del Cuerpo Médico Forense señalaron que la causa de la muerte se debió a congestión y edema pulmonar y encefálico, neumomediastino, neumoperitoneo y señalaron que esas son complicaciones conocidas de la realización de procedimientos como la endoscopia digestiva alta».

«Los informes médicos revelaron la existencia de una solución de continuidad transmural (perforación) en el tercio superior –esofago cervical- con extensa hemorragia como signo de vitalidad de la lesión».

«No resultan verosímiles las manifestaciones del endoscopista en cuanto a que no causó lesión alguna en la paciente y que la lesión o perforación milimétrica hallada en el esófago superior no tiene relación alguna con el endoscopio ni fue causada por él».

«De las constancias médicas y los informes de los expertos no surge que hubiese existido en el caso otra explicación al cuadro que en definitiva presentó la víctima».

«Bialolenkier declaró que no es factible provocar una lesión con el endoscopio dadas sus características, pero el instrumento secuestrado presenta una protuberancia de aproximadamente 4×2 mm con ángulos rectos. Los consentimientos informados hacen saber que el riesgo de tal procedimiento es la perforación y la hemorragia».

«La violación al deber de cuidado por parte del endoscopista ha radicado justamente en no haber advertido ni tratado la ‘efracción’ producida de la mucosa esofágica, que desencadenó el pasaje de gas al mediastino dando lugar al neumomediastino, neumopericardio y neumotórax bilateral, ello a pesar de resultar un riesgo propio del procedimiento, de contar con los elementos que le permitían visualizar dicha lesión, y de haber presentado la paciente los síntomas propios que indicaban que era esa la causa de su dificultad para distender los órganos que pretendía estudiar, así como del colapso final de la paciente. De haber obrado con la diligencia y los conocimientos que según las reglas de su arte le son exigibles, el desenlace final pudo haber sido evitado».

Las pruebas contra Puente

«Puente advirtió tardíamente el cuadro que presentaba la paciente, en el que había entrado en razón del proceder previo del endoscopista Bialolenkier; y que dicha demora y su posterior desempeño contribuyó al desenlace final luctuoso, verificándose en ese resultado tal infracción al deber de cuidado».

«También obvió controlar en forma constante el estado de la paciente, advirtiendo la desaturación de oxígeno recién una vez que el equipo multiparamétrico hizo sonar su alarma. La médica, confiada en que se trataba de un estudio de rutina en el cual estadísticamente no se registran complicaciones, desatendió los signos vitales de su paciente».

«Al constatar inmediatamente que al tacto su piel ‘crepitaba’ (presencia de aire debajo de su piel) y había sangrado en su cavidad bucal, no resulta excusable que no se hubiera representado que se hallaba frente a una perforación del tracto digestivo; riesgo propio del procedimiento, tal como así le fue informado a la paciente».

«Ante la imposibilidad de intubar, Puente utilizó una opción que si bien permitió el ingreso de aire al cuerpo no lo hizo a los pulmones sino que habría agravado el cuadro de barotrauma que ya había iniciado el endoscopista al perforar la pared del esófago, extendiéndolo a otras partes del cuerpo».

«Resulta de suma relevancia confrontar su relato con las imágenes del estado del cuerpo que llegó a la Morgue Judicial y corroborar que el grado de deformación que éste presentaba sólo puede ser producto de un indebido ingreso de aire que no logró escapar por los orificios del cuerpo».

«Concluyo que fue aquel incorrecto manejo instrumental ocurrido durante los primeros minutos del procedimiento por parte de Bialolenkier, sumado al incorrecto y demorado proceder a posteriori de Puente, los que, con la probabilidad de la etapa determinaron el fatal resultado acontecido».

(TN)

LA REGION

NACIONALES

INTERNACIONALES

ULTIMAS NOTICIAS

Newsletter

Columnas