El Estado limitó la edad de cobertura para la fertilización in vitro

El ministerio de Salud de la Nación comunicó, en la resolución 1044/2018 del Boletín Oficial , «que todo tratamiento de reproducción médicamente asistida con óvulos propios se realizará a mujer de hasta 44 años al momento de acceder a dicho tratamiento, salvo prescripción médica en contrario».

 

En relación a esto, desde el ministerio señalaron que hay una «creciente disminución del éxito en los Técnicas de Reproducción Humana Asistida (TRHA) a medida que avanza la edad de la mujer».

 

La edad se extiende cuando los óvulos fueron donados, dado que en estos casos «se realizará a mujeres de hasta 51 años al momento de acceder a dicho tratamiento». Desde la entidad, aclararon también qué sucede cuando la mujer «congela» embriones para preservarlos. Así, establecieron que «para el supuesto de que la mujer de entre 44 y 51 años hubiera criopreservado sus propios óvulos antes de cumplir 44 años, podrá realizar cualquier tratamiento de reproducción medicamente asistida con dichos óvulos propios criopreservados».

 

 

Finalmente, en la resolución 1045/2018 establecieron que «todo medicamento aplicado a cualquier tratamiento de reproducción médicamente asistida, previsto por la Ley Nº 26.862, deberá ser brindado con cobertura al 100% por los agentes» contemplados por dicha ley. Esta ley de «acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida», entre otras cosas, determina que se deben cubrir «la necesidad de ser madres o padres a aquellas personas que no pueden procrear por medios naturales».

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