La importancia de la Personería Jurídica a la hora de conformar una asociación

En Misiones hay 2 mil sociedades y entre asociaciones y fundaciones unas 4 mil, las cuales están registradas en la Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia, que es el contralor de las mismas. El titular del organismo, Héctor Julio Franco, brindó detalles de cómo y en qué situaciones interviene la Dirección en estas entidades en todo el territorio provincial.

“Básicamente tenemos el contralor y el otorgamiento del registro de las personas jurídicas, a asociaciones civiles donde están englobadas clubes, cooperadoras, iglesias. También están las de segundo grado, como cámaras, federaciones y confederaciones, además de las fundaciones, las cuales tienen otras naturalezas jurídicas, pero también están dentro de nuestra competencia”, detalló el funcionario en LT 17 Radio Provincia. En tanto, comentó que además están las sociedades anónimas por acciones, donde las más comunes son las sociedades anónimas. Ahora también se incorporó la categoría de sociedad que se dieron en llamar sociedad anónima simplificada, que es una especie de sociedad anónima con algunas particularidades”.

En esa línea, Franco explicó sobre las intervenciones que realiza el organismo. “Tenemos intervención desde la creación como persona jurídica y hacemos un control anual externo de legalidad a cada una de las entidades. Con lo cual pretendemos que se cumplan los estatutos, que indican que una vez al año obligatoriamente deben celebrar asamblea para aprobar el ejercicio contable y si hubiere vencimiento de mandato de sus autoridades también tengan que renovarlas”, comentó y aclaró que la Dirección no controla el contenido de los balances, “no nos inmiscuimos en la vida interna de la entidad, simplemente establecemos como obligatorio que se cumpla el estatuto, de convocar a asamblea. Cada entidad tiene controles internos, que son  los revisores de cuenta, los propios socios y en una asamblea ejercen un control del ejercicio en sí, nosotros solamente hacemos un control de legalidad externo”, explicó.

Por otra parte, Franco explicó que como organismo de contralor se cumplen tareas de asesoramiento, brindando los requisitos que se necesitan para la conformación de una sociedad, por ejemplo, el funcionario explicó que “para el nacimiento o creación de una entidad, básicamente se tiene en cuenta su naturaleza jurídica. Si se trata de una fundación, la naturaleza jurídica indica que puede nacer de la voluntad de una única persona, es decir que para constituir una fundación vasta de la voluntad unipersonal, y para administrar esa fundación se requiere, sumado a ese fundador mínimo dos personas más, generalmente el fundador se dirige a sí mismo como presidente y las dos personas que no son fundadoras, pasan a ser uno secretario y el otro tesorero”.

En cambio, en una asociación civil, explicó que “se requiere muchas más voluntades, al igual que un club o una cooperadora escolar. Cualquier otra asociación con cualquier objeto social requiere de un número estándar de un mínimo de 50 personas”, contó aunque señaló que “hay situaciones de asociaciones que reúnen a determinados tipos de personas como por ejemplo ‘El Profesorado de….’, en este caso no pueden reunir las 50 personas, generalmente pasa cuando se trata de una carrera muy incipiente. “Me pasó hace muchos años, con los profesionales de Genética, por ejemplo, porque cuando recién salió la carrera no eran 50, entonces el director puede excepcionar y bajar ese requisito”.

Franco declaró que la diferencia entre una asociación civil y una fundación: “una asociación civil es gobernada por sus asociados en un sistema democrático, en cambio, en una fundación no existe esa democracia, sino que el fundador es el dueño de esa entidad”, explicó y agregó que “las fundaciones son marcadamente menores, los requisitos son más, sobre todo el capital social, que nace de la visión jurídica de que una persona quiere hacer filantropía, tiene un dinero extra que quiere volcarlo a esa actividad social, entonces destina ese dinero, nace de esa voluntad, el capital social es mayor”. En tanto, una asociación civil nace de un grupo de personas que dice ‘vamos a hacer una comisión barrial o un club’ y allí los requisitos son menos”.

Respecto de la competencia del organismo, el funcionario sostuvo: “tenemos competencia en los 76 municipios, no tenemos oficinas ni delegaciones en toda la provincia y tenemos registradas, más de 2 mil sociedades, y entre asociaciones y fundaciones unas 4 mil”.

En cuanto a los controles y sanciones a las distintas entidades Franco afirmó que “el control del cumplimiento anual de las asambleas lo hace el propio socio con las denuncias, a nosotros nos cuesta mucho de oficio dar esa respuesta y tener ese control”, dijo pero destacó que “el mayor control se da cuando esa entidad necesita una certificación de que se encuentra al día para algún trámite bancario, por ejemplo, y si no está al día nosotros no le podemos otorgar, y ahí es donde se avienen a la legalidad, esa es una de las cosas que pueden ocurrir aunque agregó que “de todas maneras, está previsto en nuestra ley que cuando pasan dos años, si se juntan dos balances, ya es una falta grave, es motivo de sanción y hasta del quite de la personería”, finalizó.

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