Nicolás Carusoni: «En 18 años de promoción forestal no falló la herramienta legal, en el sector no supieron asociarse para gestionar un emprendimiento foresto- industrial conjunto»

El director del estudio NC&Asociados Consultores Tributarios es un especialista en materia de legislación forestal en el país y participa de la mesa en la que se busca el consenso por la prórroga y modificaciones de los artículos de 7 al 20 de la Ley Nacional N°25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados.

En una entrevista con ArgentinaForestal.com explicó los aspectos que se debaten y hacia dónde se concentran la búsqueda de consenso. Desde su punto vista, las herramientas legales existieron y existen (ejemplo:UTES, Contratos de Colaboración Empresaria, Contratos de Agrupación, Derecho Real de Superficie, etcétera). La Ley no ha fallado en su aspecto industrial como escucho permanentemente. Los que han fallado son los actores del sector”, admite el profesional.

El debate por la continuidad de la Ley 25.080 de promoción forestal está centrado en sostener el incentivo forestal y los beneficios de Estabilidad Fiscal, y consensuar modificaciones en los artículos 7 al 20 para mejorar la herramienta jurídica vigente -con plazo de vencimiento en enero de 2019- y elaborar un proyecto sectorial público –privado a ser presentado para el debate en el Congreso Nacional en abril próximo.

El director del estudio NC&Asociados Consultores Tributarios, Nicolás Carusoni, es un especialista en materia de legislación forestal en el país y participa de la Mesa en la que se busca el consenso por la prórroga y modificaciones de los artículos de 7 al 20 de la Ley Nacional N°25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados. En una entrevista con ArgentinaForestal.com explicó los aspectos que se debaten y hacia dónde concentran la búsqueda de consenso, y expuso sus puntos de vista:“Para los productores medianos grandes, que forestan más de 300 hectáreas, solo debieran promocionarlos con beneficios fiscales y avalúo forestal. El incentivo económico debiera destinarse solo para los pequeños”, indicó.

Carusoni participa a título personal en las reuniones de la Mesa Nacional Forestal de la Ley 25.080 (también llamada Comisión Asesora de la 25.080), dado que es director del estudio privado, con más de 18 años de experiencia en la actividad, un especialista en materia de legislación forestal en el país.

El profesional asistió a las cinco reuniones realizadas en Buenos Aires, en la sede del Ministerio de Agroindustria de la Nación, convocado ante el interés que genera conocer las posibilidades de modificaciones que buscan consensuarse para mejorar la operatoria.

Participó también, en 1999, en el debate de las primeras reuniones en las comisiones de legislación en la Cámara de Diputado de la Nación, cuando fue aprobada la Ley 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados.

“Conozco la historia y sustancia de la ley, por lo cual estoy mirando que los distintos actores actuales no desvíen el objetivo propuesto al comienzo de la ley, situación que se viene observando en las cinco sesiones que ya llevamos realizadas”, expresó el profesional.

Si bien está de acuerdo en que se prorrogue la normativa que se basa -fundamentalmente- en otorgar Aportes Económicos No Reintegrables (AENR) para planes forestales de pequeños y medianos grandes productores, consideró que “el tema a resolver con la futura Ley aún es, si este incentivo es sólo para los pequeños productores, o es para todos los productores (grandes y medianos también), sin importar la cantidad de hectáreas que tengan plantadas. Desde mi punto de vista, a los pequeños productores hay que seguir apoyando con el pago del incentivo, porque este subsidio además representa una ayuda social para que ese segmento de la cadena productiva, permite al productor mantenerse en su pueblo o ciudad, que no abandone el campo y tenga que mudarse a los centros urbanos, donde seguramente tendrá menos chance se salir adelante”, expresó.

A su vez, fundamentó su posición en que “no estoy de acuerdo en seguir pagando el subsidio a los medianos y grandes productores. Considero que a los grandes se les debiera interesar con esta herramienta jurídica por el lado del beneficio de Avalúo forestal, y la exención de impuestos provinciales y municipales que se puedan conseguir”, remarcó Carusoni.

Avalúo forestal y las inversiones externas

El beneficio del Avalúo forestal, contemplado en la vigente Ley 25.080, es el más importante instrumento de política activa que tiene esta herramienta jurídica. “El crecimiento de volumen de las toneladas de un bosque se toma como un costo impositivo de la plantación valorizado a valor de mercado hasta el ejercicio anterior a que se produzca la tala rasa del monte. En términos impositivos, funciona como ajuste por inflación impositivo, computado a valor de mercado”, explicó el contador.

“Desde la interpretación impositiva, se puede decir que es una especie de exención en el impuesto a las ganancias, como existía para la actividad a la actividad forestal durante la vigencia del Decreto 465/1974 a través de lo legislado en el artículo 51 último párrafo de la LIG (Ley de Impuestos a la Ganancia)”, añadió Carusoni.

Desde su visión y experiencia, considerando las otras variables que deben considerarse para radicar una inversión extranjera en los países de la región, para el inversor extranjero “debiera ser muy atractivo invertir en la República Argentina, ya que las legislaciones de los países vecinos no tienen similar incentivo”, aseveró.

“En cuanto a la propuesta de modificación sobre este punto, en mi opinión no hay que agregar ninguna modificación al Artículo 13 de la ley y al Artículo 13 del reglamento, ya que este último describe el mecanismo o metodología, para hacer efectiva la exención consagrada en el artículo 13 de la Ley, y así fue entendido en la reunión”, adelantó el profesional como un punto de consenso.

Al ser consultado respecto a lograr ser escuchados como sector por el gobierno nacional en el reclamo de incrementar el monto de los fondos a asignarse anualmente para los AENR, ya que para este año fue acordado en la Ley de Presupuestos por 100 millones de pesos, por ejemplo, dijo que “a todas luces resulta insuficiente. Mirando a futuro, si queremos llegar a la meta de 2 millones de hectáreas al año 2030, hay que plantar anualmente una superficie de entre 70 y 90 mil hectáreas anuales hasta el año 2030. Esto solo es posible, si participan jugadores importante a nivel nacional e internacional”, admitió.

Por otra parte, consideró -respecto a otro tema que se planteó en las reuniones de la Mesa sobre la necesidad de garantizar financiamiento para promover la actividad- que “es posible que se logren fondos internacionales a través de incentivos de fomento (por organismos internacionales que otorgan fondos para proyectos de Cambio Climático, Bonos Verdes, Desarrollo Sostenible, etcétera), pero un viejo dicho expresado por un conocedor de la política internacional indica que si el propio Estado no otorga los incentivos a su gente, es difícil que participen los de afuera”, reflexionó el profesional. “Es una alternativa en la que estamos “muy verde” aún de alcanzar”, ironizó el profesional en su respuesta.

En la entrevista, Carusoni marcó cuáles son los beneficios que presenta el escenario nacional para la inversión forestal. “En la actualidad existen otros instrumentos legales para focalizar el tratamiento de las inversiones en la industria. Las leyes 27.264 del Programa de Recuperación Productiva y la 27.349 de Apoyo al Capital Emprendedor, son vehículos más idóneos para que los aserraderos instalados en las provincias mesopotámicas puedan gestionar mejor con herramienta legal y crediticia, la mayor oferta maderera que actualmente dispone el sector”, explicó.

 

Autocrítica sectorial

Asimismo, el profesional mantuvo su convicción de que “en estos 18 años de historia forestal –de vigencia de la Ley 25.080-, los productores forestales y los empresarios forestales industriales, no supieron asociarse para gestionar un emprendimiento foresto- industrial conjunto. Las herramientas legales existieron y existen (ejemplo: UTES, Contratos de Colaboración Empresaria, Contratos de Agrupación, Derecho real de Superficie, etcétera). La Ley no ha fallado en su aspecto industrial como escucho permanentemente. Los que han fallado son los actores del sector”, aseveró el profesional.

De esta forma, puso en valor el sistema de la Ley 25.080: “La herramienta es excelente desde el punto de vista tributario. Hemos encontrado en la última reunión una serie consensos para producir una mejoría en el tratamiento de los AENR (incentivo forestal), las exenciones en los tributos provinciales, y en la emisión del Certificado e Estabilidad fiscal. Esperemos que en el espacio legislativo dichas modificaciones se puedan ver plasmadas en la prórroga de la Ley, ya que beneficiarán a todos los productores del país. En mi opinión, en este aspecto, la reforma que se propone debiera salir por unanimidad”, subrayó.

Finalmente, ponderó el proceso de coordinación del debate que lleva adelante el director nacional de Foresto-industria del Ministerio de Agroindustria de la Nación, Nicolás Laharrague, por la “voluntad de diálogo que brinda el funcionario y su equipo”, concluyó.

 

 

Por Patricia Escobar 

 

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