Establecieron incentivos y rebaja de alícuotas para quienes cumplan con Rentas

Dos nuevas resoluciones dadas a conocer este miércoles por la Dirección General de Rentas de la Provincia, otorgan bonificaciones y rebaja de alícuotas a quienes cumplan en tiempo y forma con sus obligaciones respecto al Impuesto a los Ingresos Brutos y se encuentren al día con los pagos. El gobernador Hugo Passalacqua instruyó a la Dirección General de Rentas para implementar estas bonificaciones.

Mediante las resoluciones 002/18 y 003/18 la DGR propone que aquellos rubros que se vean beneficiados con la rebaja de alícuotas las trasladen a los precios finales de venta y cita como ejemplo la alícuota cero con la que se vio beneficiada la elaboración y venta de pan que se otorgó el año pasado mediante Resolución N° 38/2017 y que, según Rentas, “no se vio reflejado en los valores de los productos al consumidor final, y se espera que ello se haga efectivo”.

Además, se establecen bonificaciones en la alícuota de Ingresos Brutos a actividades de otros rubros distinguiéndolas en cada caso si se trata de operaciones con otros contribuyentes o con consumidores finales, fijando topes por Ingresos Brutos totales o por operación para acceder a las bonificaciones. De esta manera, esta rebaja fiscal a estas actividades económicas están orientados a la pequeña y mediana empresa.

Fija también, la Resolución 003/2018, la alícuota del 4,5 % para Bienes No Clasificados en otra parte, para lo cual deberán los comerciantes inscribirse en el Clasificador Provincial de Actividades.

Para acceder a las bonificaciones, los contribuyentes deberán cumplimentar, entre otros requisitos, el ingreso anticipado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la forma y plazo establecido por la normativa, además de ingresar el anticipo del Impuesto en relación estricta con la totalidad de los Ingresos Brutos del período mensual correspondiente. Esto quiere decir que aquel Contribuyente que no declare la totalidad del impuesto pierde el beneficio de la bonificacion en el mes en el que incurrió en la omisión de declarar correctamente sus impuestos. También la DGR reglamento el procedimiento para que los contribuyentes sean pasibles de menor alicuota de pagos a cuenta, percepciones o retenciones por tener ahora menor alicuota que ingresar, para resultar excluido como agente pasibles de retención o percepción o pago a cuenta, para ceder créditos fiscales y para pedir la devolución de saldos a favor. En todos los casos debe tener domicilio electrónico informado y realizar la solicitud vía web.

Las mencionadas Resoluciones ya están en vigencia y se aplicarán a partir del anticipo correspondiente al mes de enero de 2018.

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