Tiene media sanción ley que pena la tenencia de pornografía infantil

En la noche del miércoles la cámara de Senadores aprobó por unanimidad un proyecto de ley que penaliza la tenencia de pornografía infantil. La iniciativa busca modificar el artículo 128 del Código Penal que actualmente persigue  únicamente la producción y distribución de imágenes de pornografía infantil y sólo penaliza la tenencia si se constata que tiene fines inequívocos de distribución y comercialización.

Ariel Ramírez, abogado en Radio Municipal

Consultado sobre este avance en la legislación el abogado Ariel Ramírez, especialista en derecho civil, en diálogo con Radio Municipal, se mostró complacido con la iniciativa de los senadores ya que esta viene a cubrir lo que consideró una “laguna” por la cual se escurrían los delincuentes.

Explicó que, “muchas personas que estaban en la producción, la distribución y otras cuestiones, a la hora de un allanamiento decían que era para consumo personal con lo cual lograban, bajo esta forma que era una laguna, impunidad. Esta es una práctica que a nivel internacional fueron viendo los distintos estudios que se realizaron, también los tratados internacionales en materia penal que contemplan que debe ser tipificado en una conducta para una posible sanción y sentencia”, aunque precisó que, “no hay un cambio conceptual con relación al antiguo artículo 118,119 que contemplaba la facilitación de menores a espectáculos de carácter pornográfico”

Agregó Ramírez que “celebramos la iniciativa, que hayan avanzado sobre esto más allá de banderías políticas ahora, el Código Penal en sí mismo, siendo un catálogo delictivo no logra una sentencia ni colocar bajo las rejas a estas personas. En los artículos que estuvieron dando vueltas en la prensa se habla de cinco, seis mil denuncias anuales, en las cuales las penas son mínimas que tampoco son de cumplimiento efectivo, hay que avanzar más que nada con el Código Procesal y también ver la posibilidad de avanzar en materia de delitos sexuales en sí mismo, hacer una reforma integral de eso, porque no hablamos solamente de fotografía sino de los actos sexuales en sí mismo, la violación de menores y todos los delitos sexuales que tienen como víctimas sensibles a los menores”

Precisó el abogado que, “acá hay dos problemas, uno que es un delito muchas veces de cuatro paredes que se producen a veces a distancia, a través de una computadora, tranquilamente la víctima y el victimario pueden estar en distintos países, fuera de la jurisdicción que puede tener Argentina por lo cual llevar a la práctica es muy complicado, también el hecho de que son menores, víctimas de ´grooming´, se busca mucho atormentar a los menores, hacerlos callar, el delito no es solamente sacarle una foto o hacerle un video, sino que después continua con la amenaza en una prolongación en el tiempo”.

También, sostuvo que, “hay que tener en cuenta por que están sucediendo esta clase de delitos, creo que en un momento nuestra sociedad vio que había violencia de género y antes era una cuestión a la que no se le daba mucha importancia, como que era una cuestión interna de familia, de pareja, hasta que un día empezamos a abrir los ojos y aparecieron las víctimas”.

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