Por la lucha de los familiares, el Concejo modificó la ordenanza que permitía la exhumación de cuerpos en el cementerio La Piedad

Con el voto de los 13 concejales presentes, solo faltó Gabriel Nielsen, del Movimiento Positivo, el Concejo Deliberante de Posadas aprobó una serie de modificaciones a la ordenanza que permitía al municipio realizar exhumaciones de manera compulsiva debido al poco espacio que existe en el cementerio La Piedad, de la capital provincia. Con estas modificaciones, el Ejecutivo municipal podrá reordenar las exhumaciones bajo la modalidad de aviso formal, cobro de una tasa diferencial luego de transcurrido los cinco años y evaluar la ocupación del nicho pasados los 10 años.

Dentro del artículo 22, familiares consensuaron los periodos de arrendamiento de fosas, nichos y urnas. En el caso de las fosas individuales, los restos permanecerán por cinco años con una extensión de cinco años más abonando una tasa diferencial con un incremento del 100% respecto al canon anterior. Cumplido los diez años, podrán seguir renovando el contrato siempre bajo criterio municipal.

Los nichos podrán estar ocupados por 15 años y con autorización municipal, renovarían 10 años más. Las urnas, cumplirán un lapso de 25 años con una extensión de 25 años más según criterio municipal.  En cuanto al artículo 24, establecieron que al finalizar el contrato de concesión o de mora, se diera aviso personalmente o por cédula al último domicilio del titular.

A comienzos de octubre, familiares autoconvocados volvieron a reclamar el cese de las exhumaciones arbitrarias avaladas por la Ordenanza de 118/82 y presentaron un proyecto en mesa de entrada donde solicitaban la urgente modificación de los artículos 24 al 30. Como contrapropuesta, planteaban el consentimiento de los familiares para realizar las exhumaciones, alegando a sus derechos establecidos por el Código Civil; un registro ordenado de los cuerpos, que hasta el momento no contaban con la información necesaria y el cobro de una tasa diferencial que se incremente con el paso de los años para poder preservar la permanencia del cuerpo en el Cementerio.

Tras un arduo trabajo en la Comisión de Legislación del Honorable Concejo Deliberante, familiares y concejales llegaron a dictaminar la modificación del artículo 22 de la Ordenanza XIII – Nº 2, que habla sobre el arrendamiento de fosa individual, fosa común, nichos y urnas del Cementerio La Piedad.

 

 

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