Alcohol al volante: la defensa de Brunner piensa apelar hasta en la Corte Suprema para que no sea juzgado por homicidio simple

Hugo Zapana dijo en Radio Libertad que no están de acuerdo y apelarán la resolución inédita de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores, que avaló que su defendido Juan Gastón Brunner, el joven automovilista que estando ebrio ocasionó un choque que le costó la vida a dos personas, vaya a juicio por el delito de “homicidio simple por dolo eventual”.

Hugo Zapana, abogado defensor de Gastón Brunner.

 

“No nos vamos a quedar de brazos cruzados” remarcó el letrado quien consideró que la resolución en cuestión, viola el principio de legalidad que es “el norte del sistema jurídico argentino”.

En la resolución intervinieron tres camaristas, porque fue un fallo en disidencia. José Alberto López se pronunció por rechazar el planteo de la nulidad de la requisitoria fiscal que había hecho el abogado defensor Hugo Zapana. Su colega José Jacobo Mass votó por hacer lugar al recurso de la defensa. Finalmente desempató Ricardo Venialgo, quien adhirió al voto de Mass.

 

¿Qué planteó la defensa de Brunner?

1) severo agravamiento arbitrario en relación al hecho imputado y su encuadre legal, invocando que el Ministerio Público Fiscal seleccionó la figura más gravosa sin sustento probatorio y desconociendo el Principio de la Ley Penal más Benigna.

2) Con la correcta subsunción legal del siniestro que proclama la defensa, la causa de marras debiera ser sentenciada por un Juez Correccional y no por un Tribunal Penal como sostiene el auto de elevación a plenario, vulnerándose de esta manera la garantía de Juez Natural.

3) El Juez de Instrucción considera que la tipificación del hecho es provisional cuando en realidad lo resuelto por él mismo resulta una flagrante violación a la supremacía de la Constitución. Reproduce idénticos argumentos que los contenidos en su oposición al requerimiento de elevación a juicio, cita doctrina y jurisprudencia que considera aplicables al caso.

 

Zapana explicó que con esta carátula su defendido se expone a una pena de hasta 25 años de prisión, que es la máxima para el homicidio simple. Y reiteró que si esto sigue su curso y no cambian la carátula será un fallo sin precedentes en la justicia misionera.

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