La Justicia Federal condenó al dueño del bar pool Blue Star y a un «dealer» por la venta de drogas en ese pub posadeño

Carlos Antonio “Calú” Fleitas (28) y Nelson Héctor Martínez (52) fueron condenados por el Tribunal Federal de Posadas tras la investigación que la Policía Federal Argentina llevó adelante sobre el bar pool “Blue Star”, que funcionaba en la avenida Uruguay casi Trincheras de San José. Allí, de acuerdo con lo que concluyó la Justicia, vendían droga a los clientes.
Fleitas se declaró culpable del delito de “comercialización de estupefacientes” y recibió cuatro años de cárcel en un juicio abreviado. Martínez admitió haber facilitado su comercio para la venta de alucinógenos. Su pena fue de tres años de prisión de cumplimiento condicional. Además, le prohibieron ejercer el comercio durante seis años.
Además de que en Blue Star se vendía droga había firme sospechas se utilizaba la parte superior del local para que distintas jóvenes ejercieran la prostitución. Por eso, el Juzgado Federal pasó una parte de las actuaciones a la Justicia provincial (Juzgado de Instrucción Seis), a fin de que siga esa línea investigativa.
El 4 de febrero de 2016, una mujer llamada Marlene denunció ante la Fiscalía Federal que una de sus hijas había ido con Calú al pub y que allí la chica se habría encontrado con una amiga, quien le contó que vivía junto a otras cinco jóvenes en un departamento ubicado arriba del pool referenciado.
La denunciante, siempre tomando el relato de su hija, dijo que esa amiga aseguró que el apartamento lo alquilaba Martínez, dueño del bar, quien le suministraba droga a las muchachas para “mantenerlas activas”, en alusión a una presunta oferta sexual.
Marlene dijo además que su hija habría sido violada en ese lugar.
La Fiscalía Federal solicitó distintas medidas, por lo que la jueza Federal María Verónica Skanata encomendó a personal de la División Delitos Complejos de la Policía Federal Argentina una investigación encubierta.
De las actuaciones desarrolladas por la PFA, como ser la recolección de pruebas y desgrabaciones de las escuchas telefónicas a los celulares denunciados, surgieron elementos suficientes para investigar a Fleitas y a Martínez, ante las sospechas de que en el bar se estaría comercializando estupefacientes y que posiblemente había allí “trata de personas”.
El 9 de abril de 2016, por orden de la jueza, el pool fue allanado por la Gendarmería Nacional. Los acusados fueron detenidos y con el correr de los días su situación se fue complicando por los testimonios y demás pruebas recabadas.
“En los autos bajo examen, no se puede afirmar que Martínez haya comerciado marihuana, ni siquiera a través de su consorte Carlos Fleitas. El cúmulo de pruebas existentes en la causa (informes de fs. 71, 137, 143, 156 y 184; escuchas telefónicas de fs. 66/71, pericias sobre los celulares secuestrados) sindican a Fleitas como la persona que conseguía y suministraba estupefacientes a los clientes del bar pool, y no existen indicios de que Martínez haya participado de ese comercio para sí mismo, con la habitualidad y ánimo de lucro que demanda el tipo. En ese sentido, entiendo que tolerar la venta de estupefacientes en su local no es suficiente para incriminarlo en el mismo comercio pues la responsabilidad se fundaría en una mera omisión y no en una acción (cfr. T.O.C. Fed. La Plata, nº 2, Causa 300/97, “Coronel, 21/4/1998). Por otra parte, tampoco existen dudas para este Ministerio Público de que Martínez conocía las actividades ilícitas que desarrollaba Fleitas en su local comercial, hecho que el mismo imputado reconoce en su declaración indagatoria y que ha sido avalado por las testimoniales recibidas en la causa”, opinó la fiscal Vivian Barboza en su propuesta de juicio abreviado.
De su lado, el presidente del Tribunal Federal, Manuel Alberto Moreira, sostuvo en el fallo condenatorio: “De acuerdo a lo expuesto en la plataforma fáctica, no existen dudas sobre la existencia del hecho investigado. De tal modo se ha comprobado con certeza que en las circunstancias de tiempo y lugar reseñadas en la plataforma fáctica, que Fleitas tenía bajo su órbita de custodia, distintas cantidades de marihuana y cocaína; mientras que Martínez permitió la comercialización de las sustancias estupefacientes dentro de su local comercial”.

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