Diputados misioneros rechazaron el fallo de la Corte contra la creación del Parque Provincial del Río Iguazú

La Cámara de Representantes de Misiones expresó su más energico rechacho este jueves el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que declaró la inconstitucionalidad de la creación del Parque Provincial del Río Iguazú que había sido aprobada mediante la ley provincial XVI Nº 99, sancionada por la misma Legislatura con el voto afirmativo de todos sus miembros el 30 de octubre de 2008. En el mismo proyecto de Declaración, presentado por el bloque del Frente Renovador, los legisladores ratificaron la vigencia y los alcances de la ley y fue aprobado por unanimidad

En los fundamentos del proyecto se recuerda que el parque fue creado bajo el régimen de la ley XVI Nº29, de Áreas Naturales Protegidas en áreas fluviales y terrestres del dominio público de la provincia que comprende el sector argentino del río Iguazú, desde la línea de ribera en la costa argentina hasta el límite internacional con Brasil y desde el límite Este de la provincia (desembocadura en el río Iguazú del arroyo San Antonio) hasta una línea imaginaria como límite Oeste, trazada 200 metros aguas arriba del puente internacional Tancredo Neves, que une a Puerto Iguazú (Argentina) con Foz de Iguazú (Brasil).

“A partir de allí la Administración de Parques Nacionales inició una demanda contra el Estado Provincial, alegando la inconstitucionalidad de la ley vigente, lo que ha sido declarado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en sentencia del pasado 10 de agosto en autos “CSJ 1316/2008- Administración de Parques Nacionales c/ Misiones, Provincia s/ acción declarativa de inconstitucionalidad”, expresa el proyecto aprobado anoche.

En ese sentido, la iniciativa afirma que la ley XVI Nº99 se funda en el dominio y jurisdicción que tienen las provincias sobre los ríos que surcan sus territorios y las disposiciones del artículo 125 último párrafo, de la Constitución Nacional en cuanto dispone “los recursos naturales pertenecen al dominio originario de las provincias”. “Estas aguas superficiales y subterráneas configuran evidentes recursos naturales que, como tales, pertenecen al dominio público y se encuentran bajo jurisdicción provincial”, indica.

Para finalizar, el proyecto expresa que el fallo de la Cortes Suprema de Justicia de la Nación es un avasallamiento de la soberanía de la provincia. “De la que surge nuestra fortaleza para seguir reclamando, así como la certeza de que, cuando haya más sensatez y justicia, el Parque Provincial del Río Iguazú será una realidad”.

 

 

 

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