9 de Agosto: Día Internacional de los Pueblos Indígenas y del Maestro de Educación Especial

 

El Día Internacional de los Pueblos Indígenas del Mundo fue establecido por la Asamblea General, el 23 de diciembre de 1994, en cuya Resolución decide que se celebre el 9 de agosto de cada año.

 

Pese a los logros, los pueblos indígenas aún hacen frente a la exclusión, la marginación, la violencia, la pobreza y a importantes dificultades para disfrutar de sus derechos básicos.

 

La Organización de las Naciones Unidas (ONU) advirtió que a diez años de la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas, estos continúan sufriendo discriminación, pobreza y violencia.

 

Los pueblos indígenas practican culturas y formas únicas de relacionarse con la gente y el medio ambiente. Retienen, además, rasgos sociales, culturales, económicos y políticos que son distintos de los predominantes en las sociedades en las que viven. Pese a sus diferencias culturales, los pueblos indígenas de todo el mundo comparten problemas comunes a la hora de proteger sus derechos como pueblos diferentes.

 

Según la organización Defensores de Primera Línea, 281 defensores de los derechos humanos fueron asesinados en 25 países durante 2016 por atreverse a defender los derechos de los indígenas, las tierras y el medio ambiente, lo que implica un aumento significativo en comparación con los 185 de 2015 y los 130 de 2014.

 

Maestro Especial

 

Cada 9 de agosto se celebra el día del Maestro de Educación Especial en recuerdo de la fecha de creación de la Rama Técnica de Educación Especial, que en la actualidad es una Modalidad, según la Ley de Educación.

 

La Educación Especial es la modalidad del Sistema Educativo destinada a asegurar el derecho a la educación de las personas con discapacidades, temporales o permanentes, en todos los niveles y modalidades del Sistema.

Se rige por el principio de inclusión educativa y brinda atención educativa en todas aquellas problemáticas específicas que no puedan ser abordadas por la educación común. Se debe garantizar la integración de los/as alumnos/as con discapacidades en todos los niveles y modalidades según las posibilidades de cada persona (Ley de Educación Nacional, art 42).

 

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