El Tribunal Oral de Resistencia rechazó los pedidos de prisión domiciliaria de dos condenados por crímenes de lesa humanidad

l Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Resistencia rechazó otorgar la prisión domiciliaria al ex subcomisario de la policía provincial, José Francisco Rodríguez Valiente, y al ex capitán de inteligencia del Ejército, Norberto Raúl Tozzo, ambos condenados por crímenes de lesa humanidad. Para ello, los jueces tomaron en consideración los dictámenes formulados por la Unidad Fiscal especializada de esa ciudad, integrada por Carlos Amad, Patricio Sabadini, Horacio Rodríguez y Diego Vigay.
El rechazo a la solicitud de Rodríguez Valiente fue firmado por el juez Juan Manuel Iglesias, en su rol de magistrado a cargo de la ejecución de la pena firme a 25 años de prisión que recibió por crímenes cometidos en el centro clandestino de la Brigada de Investigaciones de Resistencia.
El ex comisario, detenido en la Unidad Penal 7 de Resistencia del Servicio Penitenciario Federal, había solicitado la prisión domiciliaria para cuidar de la salud de su esposa. Pero el juez Iglesias consideró, en sintonía con la Fiscalía, que si bien se encuentran acreditadas las dolencias de la pareja del condenado, la mujer cuenta con un grupo familiar, con cobertura de una obra social y con atención de una cuidadora domiciliaria, además de un régimen de visitas al domicilio dado oportunamente al ex policía que le otorgan la contención debida. Por ese motivo, tanto los fiscales como el juez consideraron que no se produce ningún menoscabo de sus derechos como persona con discapacidad.
En el caso de Tozzo, condenado a 24 años de prisión por su participación en el asesinato de prisioneros políticos en la Masacre de Margarita Belén, el tribunal resolvió con su composición plena, dado que la sentencia condenatoria se encuentra en instancia recursiva.
Tanto el juez Iglesias como sus colegas Fermín Cerolini y Selva Spessot rechazaron la prisión domiciliaria que había planteado Tozzo, quien adujo que no podía tratar sus problemas de salud en la Unidad Penitencaria Federal Nº31 de Ezeiza, establecimiento inicialmente previsto para Mujeres, donde se encuentra alojado junto a otros criminales de lesa humanidad.
El tribunal resolvió que los problemas de salud del interno no alcanzan un nivel de importancia que dificulten su tratamiento o supere las previsiones clínicas del Servicio Penitenciario Federal, por lo que pueden ser tratadas intramuros.
Así, los jueces se pronunciaron en el mismo sentido que la Fiscalía y de acuerdo con las conclusiones de la junta médica encabezada por el Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema con la intervención de los peritos de la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico al a Investigación Penal (DATIP) de la Procuración General.
Asimismo, los jueces pusieron de relieve el extenso tiempo de evasión de la justicia por parte del militar, que demandó una intensa búsqueda. Detenido por la oficina de Interpol de Brasil, Tozzo fue extraditado a la Argentina después un prolongado trámite judicial en el que intervino la Corte Suprema de Justicia brasileña.

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