La Cámara Federal de Posadas le rechazó la prisión domiciliaria a tres mujeres presas por narcotráfico

La Cámara Federal de Apelaciones de Posadas le rechazó la prisión domiciliaria a tres de las siete mujeres de nacionalidad paraguaya que habían sido detenidas en agosto del año pasado en Puerto Libertad con una carga de marihuana y cocaína escondida entre almohadas.
La decisión fue firmada por los magistrados Ana Lía Cáceres de Mengoni, Mirta Tyden de Skanata y Mario Osvaldo Boldú.
Blanca Elva Cardozo Álvarez, Laura Graciela Gómez y Lorena Marimar Encina Cañete son quienes pretendían el arresto domiciliario. Ellas están procesadas con prisión preventiva por el delito de “transporte de estupefacientes”.
Con respecto a Cañete, los camaristas sostuvieron: “Esta Cámara no pasa por alto que la encartada es madre de un menor de cinco años, lo cual a tenor de lo establecido por la Ley 24.660 si bien se erige en elemento de ponderación cierto es que ello per se no habilita a la concesión de la medida de forma automática”.
“Entendemos que no se encuentran dadas las condiciones para la aplicación del instituto solicitado, ni existen garantías fehacientes que permitan otorgarlo. Y ello es así ya que, amén de la nacionalidad extranjera de la imputada, no tenemos certeza del domicilio en el cual se cumpliría el arresto, ya que el ofrecido por la defensa figura en la calle Paraguay N° 356 de la localidad de Pto. Iguazú, mientras que el informe socio ambiental obrante a fs. 21 y vta. se realizó en la vivienda situada en calle Vera Peñaloza y Ricardo Balbin de la misma localidad. Tampoco surge con claridad quien sería la persona responsable de la imputada”, consideraron.
“En base al análisis precedentemente efectuado surge latente el riesgo procesal, que en el caso concreto radica en la posibilidad de sustraerse del proceso dándose a la fuga”, concluyeron.
De la situación de Cardozo Álvarez opinaron parecido. “Esta Cámara no pasa por alto que la defensa aduce que la encartada es madre de dos menores de 6 y 4 años de edad respectivamente, más como afirma el a quo, no fueron acompañados – tampoco elevados a esta Cámara-¬ los certificados de nacimiento que acrediten tal condición”, aclararon los jueces de alzada.
Los camaristas indicaron que los chicos se encuentran bajo el cuidado de su tía –hermana de la imputada-¬ “es decir, no existe situación de abandono de los menores o situación de desamparo”.
Ese hecho, “juntamente con la inexistencia de residencia habitual en el territorio nacional y la ausencia de arraigo laboral comprobables que poseería Cardozo Alvarez” hicieron que le rechazaran el pedido.
Finalmente, la Cámara sostuvo sobre Gómez: “Entendemos que no se encuentran dadas las condiciones para la aplicación del instituto solicitado, ni existen garantías fehacientes que permitan otorgarlo. Y ello es así ya que, amén de la nacionalidad extranjera de la imputada, no ha sido posible realizar el informe socio ambiental y entrevista con la persona que oficiaría de responsable de la imputada, ya que conforme surge de autos a fs. 27 el domicilio donde se pretendió entrevistar a la persona responsable – la cual no fue hallada- no coincide con el ofrecido por la defensa”.
El operativo en el que cayeron presas tuvo lugar en agosto del año pasado. Iban en un colectivo que había partido de la ciudad de Puerto Iguazú y se dirigía a la localidad de General Pacheco, provincia de Buenos Aires.
Las mujeres habían escondido el estupefaciente dentro de llamativos almohadones, que no tardaron en despertar las sospechas de los gendarmes del Escuadrón XIII de Iguazú, a los que les pareció raro que todas tuvieran almohadas diferentes de las que entrega la empresa de micros.
Los uniformados decomisaron en el operativo 111,990 kilos de cannabis sativa y 1,092 de cocaína.

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