Fabio y Lucy, los transportistas condenados por abusar de dos niños, fueron liberados

El Tribunal Penal Dos de Posadas, conformado por los magistrados subrogantes César Jiménez, César Yaya y Marcelo Cardozo, ordenaron la inmediata liberación de los transportistas escolares Fabio Gustavo Durán y Lucía del Carmen Olmo, hijo y madre, respectivamente, condenados a 20 años de prisión en 2011. La decisión fue adoptada en virtud del tiempo que llevan en prisión sin que la sentencia esté firme.
Actualmente, el fallo está en revisión en la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Del máximo cuerpo ya votaron dos ministros y actualmente se encuentra en el despacho de Elena Inés Highton de Nolasco.
Los transportistas estuvieron entre rejas siete años y once meses. El hombre en la Unidad Penal V de Posadas y su madre en la Cárcel de Mujeres Miguel Lanús. Esta mañana fueron notificados de la excarcelación extraordinaria.
El pedido de liberación lo había hecho el defensor de los acusados, Marcelo Ozuna, el 19 de diciembre de 2013. El 8 de mayo de 2014, el fiscal Rolando Oliva dio el visto bueno para la excarcelación.
Durán y Olmo están acusados del delito de «abuso sexual gravemente ultrajante agravado -varios hechos- en concurso real y corrupción de menores agravado en concurso real». La denuncia en contra de ambos fue radicada en septiembre de 2007 por una pareja en la Comisaría de la Mujer de Posadas. La acusación decía que los transportistas abusaron de dos hijos del matrimonio, entonces con 4 y 5 años, respectivamente, a los que llevaban todos los días al colegio.
La condena llegó recién en noviembre de 2011. Lo dictó el Tribunal Penal Dos, pero con una composición diferente a la que ahora dispuso la excarcelación.
En mayo de 2014, el Superior Tribunal de Justicia confirmó la condena, por lo que la defensa de los acusados acudieron en queja ante la Corte Suprema.

«Llamemos a las cosas por su nombre. Estamos hablando del encarcelamiento de dos seres humanos que no han sido condenados de manera firme, o sea que ni siquiera sabemos si luego de un nuevo pronunciamiento deberán cumplir pena alguna», expresó en su voto el juez Jiménez.
Remarcó con abundante jurisprudencia, y apoyándose en los artículos 18 y 19 de la Constitución Nacional, que toda persona es inocente hasta que se pronuncie la sentencia final.
Jiménez también argumentó su postura con una resolución suya. Es la que tiene que ver con la condena a los dos responsables por la muerte de Iván Mercol: «La sanción penal solo puede ser impuesta luego de la sentencia condenatoria firme y pasada de autoridad de cosa juzgada, pues hasta ese momento rige el principio de inocencia. De ello derivo que las personas no pueden ser privadas de su libertad anticipadamente».
«En el caso de los imputados no solo han estado ajustados a Derecho siempre, sino que además cuando fue dispuesta la falta de mérito y luego su segundo procesamiento con prisión preventiva (en el año 2009), ellos comparecieron y fueron sometidos a este encarcelamiento cautelar que subsiste hoy en día. No existe ninguna razón procesal que justifique que siga su encarcelamiento, porque como bien plantea la defensa la causa se encuentra finalizada sólo encontrándose abierta la etapa de recursos», opinó Jiménez, quien dispuso que Durán y Olmo no pueden abandonar la ciudad sin autorización y todas las semanas deberán presentarse en los estrados judiciales.
El juez Marcelo Cardozo coincidió con el voto, pero añadió como restricción que ambos deberán abstenerse de concurrir a lugares donde hayan actividades infantiles o que involucren la presencia de niños, niñas y/o adolescentes fuera del entorno familiar, siendo obligatorio mantener una distancia de 200 metros.
También se manifestó acerca de que los acusados tengan prohibido expresamente la realización de actividades profesionales, comerciales, laborales, artísticas Y/o de cualquier índole que involucren la participación de menores de edad.
El magistrado César Yaya, por su lado, además de adherir a los argumentos precedentes, sostuvo: «La simple observación del tiempo transcurrido genera una posición crítica para con la administración de Justicia, lapso temporal que perjudica a todos, desde los destinatarios directos, como también indirectamente a una sociedad que espera desde el año 2007 una decisión definitiva sobre esta cuestión».
La demora de los tiempos judiciales, otra vez en el centro del debate. Durán y Olmos tras estar presos casi 8 años, recuperaron la libertad, al menos hasta que la Corte se expida.

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