Por resolución del Ministerio de Gobierno, conductores que manejen alcoholizados en Misiones serán demorados entre 48 horas y 30 días

Solamente podrán ser liberados por un juez. La normativa está vigente hace un mes y se basa en lo que establece el artículo 59 del Código de Faltas de Misiones.  La resolución que lleva la firma del ministro de Gobierno de Misiones, Marcelo Pérez impone que “quien guíe vehículos o animales en estado de ebriedad, haya consumido bebidas alcohólicas u otras sustancias, la pena de arresto de dos a 30 días, no redimible por multa”.

 

Asimismo establece que la Policía instruya a todas las dependencias la responsabilidad de tomar todas las medidas que tiendan a hacer cesar la conducta de transgresión, asegurando en todo momento la integridad psicofísica del infractor, para lo cual deberá ser trasladado y alojado en la comisaría de la jurisdicción que corresponda, previa constatación del estado clínico del infractor.

También fija que la situación procesal del imputado detenido, de acuerdo a lo que establece el Código de Faltas de la Provincia, debe ser resuelto por los jueces de Paz dentro de las respectivas jurisdicciones y juez de Paz en lo Contravencional en la ciudad Capital de la Provincia, quienes son la autoridad de aplicación para conocer y juzgar las faltas previstas en el Código.

Finalmente el documento insta a la Jefatura de Policía para que instruya a todas sus dependencias que «en todos los casos en que un ciudadano sea detenido por guiar vehículos o animales en estado de ebriedad o consumiendo bebidas alcohólicas u otras sustancias sólo será liberado por orden escrita del Juez competente, o con presencia del Magistrado en la dependencia respectiva para lo cual se deberá labrar el acta correspondiente, todo ello conforme a lo que establece el Código de Faltas de la Provincia – Ley XYV – N° 5 (Antes ley 2800)».

 

En Eldorado la resolución ya se aplica desde el fin de semana pasado

Desde el pasado fin de semana, todo control a conductores de vehículos con alcoholemia positiva, se le informará al juez de Paz, quien librará el oficio correspondiente y la persona será demorada en el momento en alguna de las dependencias policiales por 48 horas, en base a la aplicación del artículo 59 de la ley provincial XIV (antes Ley 2800).

Así lo informaron desde la Dirección de Tránsito de Eldorado, quienes manifestaron que llegaron a esa conclusión tras una reunión mantenida entre las autoridades de Tránsito, autoridades de la Unidad Regional III, la jueza de faltas Nora Ortiz, el juez de Paz Hugo Johansen, y el secretario de Gobierno Jorge López.

Explicaron que “anteriormente se les retenía la licencia, y si había algún acompañante en condiciones podían llevarse el auto. Pero a partir de ahora, todo control a conductores de vehículos que den alcoholemia positiva, se le informará al juez de Paz, quien librará el oficio correspondiente y la persona será demorada en el momento  en alguna de las dependencias policiales por 48 horas”.

 

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