Caso Kachuk: para el Tribunal, no hubo indicios de que el médico demoró la atención o que actuó con negligencia

Esta mañana, en el Tribunal Penal Uno de Posadas se leyeron los fundamentos del fallo dictado tras el juicio a los tres imputados por el homicidio de Guido Kachuk (17), a quien balearon durante un intento de asalto ocurrido en los primeros minutos del 22 de febrero de 2011. A partir de ahora corre el plazo de días hábiles para que las partes puedan apelar, si así lo desean.
En un extenso escrito, los camaristas Eduardo D’Orsaneo, Martín Errecaborde y Ángel Dejesús Cardozo afirmaron que la confesión, el relato de testigos y el decomiso del arma (revólver calibre 22 largo Tala) ubicaron a Ricardo «Ricky» Ríos como el autor del disparo que hirió de muerte al adolescente, que esperaba el colectivo en una parada de Lavalle y Chacabuco cuando lo abordaron los ladrones.
Los jueces entendieron que Ríos quiso robarle y que como Guido se levantó y avanzó hacia él, tiró a matar. Coincidieron en que el balazo en modo alguno fue accidental. Por eso, el accionar encuadraba en dos figuras: la tentativa de robo a mano armada (porque la sustracción del celular no se concretó) y el intento de homicidio (el deceso del chico se produjo horas después en el hospital Madariaga).
El Tribunal consideró que los 19 años de prisión que se le aplicó a Ríos eran concordantes con las acciones que desplegó durante el atraco fallido.
En cuanto a Maximiliano «Maxi» Acevedo, D’Orsaneo, Errecaborde y Cardozo consideraron que fue partícipe del intento de asalto, no del disparo con el que su socio pretendió acabar con la vida de Kachuk. Argumentaron que Maxi se sorprendió cuando Ríos sacó el arma y cuando se produjo la detonación salió a correr.
Según los camaristas, Acevedo no concretó el asalto porque no se llevó el celular de la víctima, por lo que su accionar encuadra en el intento de robo a mano armada. Lo dejaron afuera de la figura de tentativa de homicidio. De ahí que su pena haya sido de cinco años y cinco meses, que se dio por cumplida por el tiempo que el joven estuvo preso antes de la realización del juicio.
A la hora de argumentar la absolución del médico Manuel Ignacio Ibarra, acusado de haber atendido de manera negligente a la víctima, quien murió cuando lo operaban en el Madariaga, el Tribunal consideró que ni del análisis de la historia clínica ni del relato de los forenses y otros profesionales médicos citados como testigos surge de manera contundente que el doctor haya demorado la atención o que su accionar haya incidido en la muerte del joven.
Los jueces remarcaron que, en base a los horarios que surgen de los estudios que le hicieron a la víctima y los que se asentaron en la historia clínica, no se denota una demora significativa en la asistencia al paciente.
Además, remarcaron que hubo fuertes testimonios que coincidieron en que la lesión mortal que había sufrido Kachuk no se hubiera visto con una punción ni con una ecografía, sino con una tomografía, algo que se llevó adelante por pedido de Ibarra.
Recién con la tomografía se supo que Guido había sido baleado, ya que él nunca pudo contar lo que le había sucedido.
En cuanto a la lesión, perforación de la arteria ilíaca izquierda, indicaron que es letal y que el muchacho llegó con vida al hospital precisamente por su corta edad y por la distancia entre el lugar del hecho y el centro de salud.
Sin elementos que desvirtúen su condición de inocencia, para el Tribunal no cabía otro camino más que la absolución de Ibarra, para quien la fiscal Liliana Picazo había pedido tres años de prisión en suspenso y cinco de inhabilitación.
Ahora, Picazo o cualquiera de los defensores pueden recurrir en casación al Superior Tribunal de Justicia.
La familia de Kachuk siempre cuestionó al médico Ibarra, que estaba en la guardia cuando llevaron a Guido, porque afirman que nunca quiso escucharlos y que se mantuvo en su diagnóstico de que el joven había tomado alcohol o drogas, hasta que la tomografía le mostró la presencia de la bala.

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