Ingresa al Congreso un proyecto de ley jubilatorio para pequeños productores

Este jueves el diputado nacional Luis Pastori (UCR-Cambiemos-Misiones) presentó un proyecto de ley que propone incorporar a los pequeños productores al “Régimen de Trabajo Agrario de la Seguridad Social (Título XII de la Ley 26.727)”, que otorga derechos jubilatorios a trabajadores rurales en relación de dependencia, a partir de los 57 años de edad y con veinticinco 25 años de servicios. “El presente proyecto, tiende a hacer extensivo el Régimen de Seguridad Social ya prescripto para los trabajadores rurales a los agricultores y agricultoras familiares definidos como tales en la ley 27.118 atento las especiales particularidades con que desarrollan su tarea, absolutamente asimilables al trabajador rural” precisó Pastori.

La Ley 27.118 define al agricultor familiar como “aquel que lleva adelante actividades productivas agrícolas, pecuarias, forestal, pesquera y acuícola en el medio rural y reúne los siguientes requisitos: a) La gestión del emprendimiento productivo es ejercida directamente por el productor y/o algún miembro de su familia; b) Es propietario de la totalidad o de parte de los medios de producción; c) Los requerimientos del trabajo son cubiertos principalmente por la mano de obra familiar y/o con aportes complementarios de asalariados; d) La familia del agricultor y agricultora reside en el campo o en la localidad más próxima a él; e) Tener como ingreso económico principal de su familia la actividad agropecuaria de su establecimiento; y f) Los pequeños productores, minifundistas, campesinos, chacareros, colonos, medieros, pescadores artesanales, productor familiar y, también los campesinos y productores rurales sin tierra, los productores periurbanos y las comunidades de pueblos originarios”.

“El desempeño en condiciones desfavorables es causa de agotamiento y vejez prematura”

Pastori explicó que “los pequeños productores y su grupo familiar realizan tareas rurales en espacios reducidos con nula o escasa tecnificación, generalmente con precios que no compensan su sacrificada labor, que muchas veces terminan con el éxodo a zonas urbanas en busca de un mejor porvenir abandonando sus pequeñas unidades de cultivo. Por ese motivo “la previsión social tiene que contemplar la cobertura por vejez a las distintas situaciones a las que está expuesto el trabajador y el emprendedor durante su vida útil laboral, ya que su desempeño en condiciones desfavorables es causa de agotamiento y vejez prematura

Ley de Agricultura Familiar

El 17 de diciembre de 2014 la Cámara de Diputados sancionó la Ley 27.118 que declara de interés público la agricultura familiar, campesina e indígena por su contribución a la seguridad y soberanía alimentaria, por promover sistemas de vida y de producción que preservan la biodiversidad y procesos sostenibles de transformación productiva, y crea además, un “Régimen de Reparación Histórica para el Agricultor y la Agricultora Familiar”, con la finalidad de incrementar la productividad, seguridad y soberanía alimentaria de la familia en el ámbito rural.

Régimen de Trabajo Agrario”

El 21 de diciembre de 2011 la Cámara sancionó la ley 26.727 del nuevo “Régimen de Trabajo Agrario” regulando el contrato de trabajo agrario y las obligaciones y derechos de las partes. Dentro de sus prescripciones, en el Título XII estableció un régimen especial de Seguridad Social para el trabajador agrario al fijar que los trabajadores incluidos en su ámbito de aplicación tendrán derecho a la jubilación ordinaria con cincuenta y siete (57) años de edad, sin distinción de sexo, en tanto acrediten veinticinco (25) años de servicios, con aportes.

Apoyo de otros legisladores

Este proyecto de Pastori, que en definitiva propone incorporar al pequeño productor al sistema jubilatorio que la ley 26.727 garantiza al trabajador agrario, tiene el apoyo de los diputados nacionales Alex Ziegler (LVC-Cambiemos), Fernando Sánchez (Coalición Cívica-Cambiemos-CABA), Mirta Tundis (Frente Renovador-Buenos Aires) y Martín Hernández (UCR-Cambiemos-Formosa).

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