A partir de hoy entrará en vigencia el blanqueo de capitales

A partir del lunes, estará vigente el Nuevo Régimen de Blanqueo de Capitales. Contemplará beneficios pata los contribuyentes cumplidores y no.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó hoy las disposiciones que deberán cumplir quienes adhieran al sistema voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior.

En la resolución general 3919, publicada hoy en el Boletín Oficial, expone detalladamente los tres componentes clave que tiene este nuevo Régimen de Sinceramiento Fiscal, que contempla un blanqueo para residentes argentinos (personas físicas y jurídicas) no cumplidores; beneficios para quienes hasta el momento estén en regla con la AFIP; y la posibilidad de acogerse a una moratoria para quienes quieren regularizar su situación fiscal.

Este nuevo régimen conlleva un cronograma de fechas relevantes del componente del blanqueo, a saber:

-31 de diciembre de 2015, fecha límite para declarar la preexistencia de bienes de las personas jurídicas (empresas).

-22 de julio de 2016: límite para declarar la preexistencia de bienes para las personas.

-1 de agosto de 2016, el día de inicio del nuevo Régimen de Sinceramiento fiscal.

-31 de de octubre de 2016: es la fecha límite para quienes quieran blanquear tenencias en efectivo por fuera del sistema financiero (debajo del colchón). Para ello, el Banco Central habilitó una cuenta especial que estará a disposición del contribuyente en cualquier banco. Para este caso especial se requerirá la inmovilización del dinero exteriorizado por un lapso de seis meses.

-31 de marzo de 2017: vencimiento del Sinceramiento Fiscal de los los demás bienes en general.

Para cualquier tipo de bien que no sea efectivo (por ejemplo un inmueble o depósito), los bienes exteriorizados podrán estar a disponibilidad inmediata para cualquier tipo de operación, ya que no requerirán de un período de inmovilización.

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