Garantía de protección para interesados

Por: Carlos Burgueño. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) cumplirá con la palabra empeñada a Mauricio Macri, y el blanqueo impositivo comenzará la primera semana de agosto. Las reglamentaciones que el organismo tiene que terminar de redactar para llegar a tiempo con la puesta a punto del llamado estarán publicadas desde la semana que viene y, como mucho, la primera de agosto. La intención es que para el 8 del próximo mes todo esté en marcha. Uno de los capítulos más polémicos que quedarán claros en la reglamentación que el Gobierno publicará en los próximos días es que la información que maneja la AFIP de parte de los que acepten el blanqueo no sean compartida con otras dependencias del Estado. O que si son compartidas, éstas no sean públicas. El problema, crónico cada vez que un Gobierno decide avanzar con un blanqueo impositivo, surge a partir de la obligación que tiene el organismo recaudador de informar a reparticiones como la Unidad de Información Financiera (UIF) o la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac) los movimientos financieros sospechosos. Obviamente, en un llamado a blanquear capitales este tipo de operaciones se multiplican debido al crecimiento en la declaración de divisas fuera del sistema que se van registrando ante la AFIP. En tiempos normales, cualquiera de estas situaciones son informadas a requerimiento de la UIF o la Procelac sin mayores problemas, ya que el organismo sólo computa cuestiones tributarias. La posibilidad de lavado de dinero o de otro delito financiero o fiscal es responsabilidad de las otras reparticiones. El problema que surge en un blanqueo es que los que declaran sus dólares fuera del sistema generan movimientos que pueden ser sospechosos para la UIF y la Procelac; y si la AFIP les enviara sin más estos datos a ambas reparticiones, éstas tendrían todos los datos de los contribuyentes que adhieran al del blanqueo impositivo. Si bien la información es secreta y está amparada por el secreto fiscal dentro de la AFIP, nada impediría que eventualmente algún deslizamiento surja de las otras dos reparticiones.

Secreto

Por otro lado, siempre, uno de los temores que más se debe cuidar para que un blanqueo sea exitoso es el secretismo de los adherentes, con lo que el compromiso que dé limitación del acceso a la información por parte de cualquier organismo fuera de la AFIP es clave. Por esto, se afirma, que sólo la UIF y el resto de los organismo de control de delitos financieros y fiscales accederán a los datos de los adherentes al blanqueo bajo pedido expreso de estas reparticiones y con el reclamo puntual de investigación de un eventual delito no impositivo vinculado al lavado de dinero, narcotráfico, etc.

Las resoluciones de la AFIP que comenzarán a publicarse desde la próxima semana permitirán que el Gobierno pueda tener al menos cinco meses de vigencia del llamado. Se supone que en un principio habrá problemas de funcionamiento y que el régimen tomará fuerza hacia la segunda quincena de agosto, y que entre septiembre y octubre ya estará en plena marcha. Y que para fin de año será la época de mayores ingresos. Se piensa en una estrategia de acción pública y otra directa. Por un lado, se hará propaganda pública para interesar a los potenciales «clientes» del blanqueo. Pero además habrá comunicación directa con los eventuales tenedores de dólares y divisas sin declarar para informarlos sobre el llamado, y advertirles que desde 2017 el Gobierno podrá detectar sus posesiones, especialmente en el exterior. Legalmente, el Ejecutivo tiene 30 días corridos desde la promulgación de la ley para que el llamado esté en marcha, con lo cual la fecha tope de la reglamentación sería el 19 de agosto. Para ese día, todo ya estará en marcha.

La parte que menos dificultades traería, curiosamente, es la regulación de los límites para la inscripción del blanqueo: 305.000 pesos sin costo (o su equivalente en moneda extranjera); un 5% hasta 800.000 pesos y el 10% para montos superiores. Se reglamentará también el beneficio de la exclusión de Ganancias para los trabajadores que no tributen Bienes Personales; beneficio que no alcanzará el pago de este mes sino que comenzará a aplicarse con los haberes de julio.

También se reglamentará la exclusión de los funcionarios públicos de los tres poderes y la suba escalonada del Impuesto a los Bienes Personales.

Se publicarán también las resoluciones de la AFIP que pongan en funcionamiento los sistemas informáticos para bancos y contadores. En ambos casos se promete facilidad en la instrumentación y se pedirá además colaboración al sistema financiero para que los plazos se aceleren.

Lo más problemático de reglamentar será la batería de controles para persuadir a los tenedores de dólares fruto de delitos como el narcotráfico, venta ilegal de armas o lavado de dinero, entre otros, para que no se incorporen al llamado. La norma explicita que sólo serán perdonadas las penas por evasión impositiva, aún la penal tributaria; pero no el resto de los delitos. El problema es de qué manera se cubre el Estado nacional de eventuales ingresos de divisas generados por esas acciones. Una vez reglamentado el llamado, vendrá la etapa de «convencimiento» a los potenciales interesados para que se incorporen. El eventual «zoológico» para cazar tenedores de dólares es inmenso y, dependiendo de quien calcule, se trata de tenedores de dólares de entre 200.000 y 400.000 millones de dólares. Se suman los poseedores de divisas en el país resguardados tanto en cajas de seguridad como en hogares y los miles de millones depositados en cuentas bancarias o administrados por fondos de inversión en el exterior. Para los primeros se piensa enviar cartas personales a los mayores contribuyentes de la AFIP y propaganda activa en los principales medios públicos del país. Para los segundos, donde se supone que está la mayor cantidad de dólares, la acción será más directa. A la «ayuda» que puedan aportar los bancos extranjeros se sumará la posibilidad de que también otros entes recaudadores presionen a argentinos que posean bienes muebles o inmuebles para que tomen conocimiento del blanqueo, en el caso de que no tengan declaradas sus respectivas tenencias.

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