Paraguay: aseguran que en Curuguaty hubo “intención de matar”

Según el tribunal de Sentencia paraguayo, se comprobó fehacientemente que los condenados en todo momento tuvieron intenciones de ocupar y permanecer en el inmueble de forma violenta y resistirse a la intervención policial.

 

En la lectura íntegra de los alegatos finales, la invasión de dos fincas de la propiedad de Campos Morombí, Paraguay se desarrolló de la siguiente manera:

 

Invasión de inmueble, en ese sentido el Tribunal de forma unánime sostiene que en Marina Cue, situada en Yvyra Pytã, Curuguaty, propiedad campos Morombí SA, desde fines del 2011 ha sido objeto de ocupaciones por campesinos autodenominados sin tierra, pero siempre se conseguía abandono pacífico.

 

Se formaron agrupaciones de personas que ocupaban de forma constante, según un informe del 13 de abril del 2012. Un grupo de 30 personas ingresó a este sitio propiedad de Campos Morombí y permaneció hasta el 14 de abril 2012, solo un día, para luego abandonar el sitio de forma pacífica.

 

Según otro informe del 3 de mayo 2012, quedó probado en juicio el ingreso de 40 personas, entre ellas mujeres, que montaron ranchos precarios. Según prueba documental, se constituyeron en las fincas 72, 1352, 258, 259 y 30, donde la policía constató la presencia de cerca de 150 hombres, mujeres y niños. Los ocupantes se negaron a identificarse pero indicaron que Roberto Ortega, Rubén Villalba y Abelino Espínola eran sus dirigentes.

 

De igual forma quedó probado en juicio que, según un informe policial del 17 de mayo de 2012, unas 30 personas ingresaron violentamente y encapuchados a una caseta en Marina Cue, perteneciente a la firma Plan Agro SA, de Campos Morombí, con armas de fuego, escopetas, rifles, armas contundente. Les intimaron a los encargados del retiro a que abandonen el lugar, pues refirieron que les pertenecía. Les robaron sus pertenencias, una billetera con G. 500 mil, documentos, una escopeta 12, un revólver 38, 50 kilos de víveres, 7 colchones, artículos de hogar, prendas, joyas y un reloj de oro. Los autores fueron parte del grupo de ocupantes, según los denunciantes.

 

Tras esto los policías se constituyeron en el sitio para identificar a los ocupantes pero fueron recibidos a tiros con el grito de “fuera policías”, por lo que los intervinientes regresaron a la base.

 

Ocho días después se realizó un nuevo intento de identificación de los ocupantes, pero fueron recibidos por unas 70 personas formadas en columnas; la primera apuntaba con armas y la segunda estaba formada por personas, entre ellos mujeres y niños, con objetos contundentes. Fue individualizado Rubén Villalba, quien dijo a los intervinientes “no vamos a salir de aquí, al menos dos por uno saldremos vivos”.

 

23 de mayo 2012. Según el informe de la comisaría 12 Aguaé, Rubén Villalba y Avelino Espínola son los responsables de impartir instrucciones de defensa a los demás ocupantes en caso de desalojo. La declaración de los policías sostiene que contaban con información de que a los invasores se les enseñaba el uso de armas y practicaban inclusive para disparar a la cabeza.

 

28 de mayo 2012. Trabajadores de Plan Agro SA denunciaron que constantemente recibían amenazas de campesinos sin tierras que invadían las fincas 32 y 70 que pertenecen a Campos Morombí SA, y les aseguraban que incendiarían los depósitos de productos agrícolas, que contenían insumos por valor de 250 dólares.

 

Nuevamente se conformó una comitiva a los efectos de dialogar y conseguir el abandono pacífico de la propiedad, ya que había orden judicial para el desalojo. Encontraron aproximadamente 60 personas ubicadas en dos columnas, unas con armas de fuego como rifles y escopetas, la segunda con foisas y tapabocas, encabezadas por Rubén Villalba, quien refirió que los ocupantes estaban decididos a no salir aunque se use la fuerza.

 

9 de julio 2012. Un empleado de Campos Morombi llamó a la comisaría de Aguaé y comunicó que 15 campesinos sin tierras ingresaron al establecimiento ganadero. Inmediatamente dos efectivos se constituyeron y constataron que varias personas estaban faenando animales. Los autores realizaron varios disparos, lo que fue respondido con disparos intimidatorios por los intervinientes.

 

Como los intentos de desalojo pacífico no tuvieron respuesta favorable, se originó la orden de allanamiento por pedido de la Fiscalía, para identificar y determinar la cantidad de ocupantes y confiscar todo tipo de armas.

 

El Ministerio Público, a los efectos de materializar el procedimiento, convocó a agentes de GEO, de la Agrupación Montada de Alto Paraná, Antimotines, FOPE, Fuerza Aerofluvial, funcionarios de Derechos Humanos de la Policía, entre otros.

 

El 14 junio del 2012. Las autoridades se comunicaron al teléfono de Rubén Villalba, a quien exhortaron al retiro paífico, pero se obtuvo respuesta negativa. Ante el inminente cumplimiento, los ocupantes dieron marcha al plan. Se ubicaron estratégicamente bajo el liderazgo de Villalba.

 

El Tribunal afirma que se probó la ocupación ilegítima de los inmuebles 30 y 72, con pruebas fotográficas, filmaciones, documentales y testificales que demuestra la presencia de los 11 acusados: Rubén Villalba, Luis Olmedo, Arnaldo Quintana, Néstor Castro Benítez, Lucía Agüero, María Fany Olmedo y Dolores López; Felipe Benítez Balmori, Adalberto Castro, Alcides Ramírez y Juan Tillería. Villalba estaba en el sitio, incluso con anterioridad al 15 de junio.

 

Asociación criminal

 

Los fundamentos en cuanto al hecho punible de asociación criminal se refirieron a que los acusados en todo momento tuvieron intenciones de ocupar y permanecer en el inmueble de forma violenta y resistirse a la intervención policial, incluso con la utilización de armas de fuego.

 

Estos hechos fueron corroborados en las actas de procedimiento de agentes policiales, por lo que «la conducta de los mismos más la del líder se encuadra dentro del artículo 139 en concordancia con el artículo 129 del Código Procesal Penal».

 

En cuanto a la presencia de Rubén Villalba en el lugar, su presencia fue corroborada por testigos, como así también la de Néstor Castro Benítez, quien había sido trasladado por su hermano al puesto de salud, por lo que existen pruebas suficientes de asociación criminal, reza el texto de la lectura.

 

Respecto a la coautoría de los procesados, señala que esta figura se dio ya que «cada uno de los partícipes cumplieron sus papeles en los hechos, finalidad de quedarse en el inmueble ajeno y la intención de matar a los intervinientes».

 

Agrega que «fueron miembros y participaron activamente de una asociación integrada de 100 a 150 miembros (…) Corresponde calificar la conducta de acusados dentro de lo dispuesto como coautores por el hecho punible de homicidio doloso y tentativa de homicidio doloso acabada»

 

Se refirió además a la disposición de los campesinos dotados de armas largas «en el lugar ideal para permanecer ocultos», lo cual se halla acreditado por testigos policiales, quienes afirmaron que estaban rodeados en formas de «U», gente portando armas largas y los tenían en puntería, se encontraban en posición elevada escondidos en el pastizal».

 

Agrega que también quedó corroborado con pruebas fílmicas y fotográficas que el 14 de junio de 2012 los campesinos conocían el lugar que debían ocupar y la función que debían cumplir, «todo esto bajo la dirección de Rubén Villalba lo que incluía matar a los que harían la intervención».

 

Muerte de Erven Lovera

 

La sentencia estipula además, según la lectura hecha esta tarde, que existen suficientes pruebas de que el primer disparo contra el subcomisario Erven Lovera, encargado del procedimiento de desalojo ese día, lo realizó Rubén Villalba con una escopeta. «Además a través de su celular se comprobó que su ubicación era en Campos Morombí».

 

En referencia al segundo disparo contra el mismo agente, el escrito asegura que fue Luis Olmedo el autor; que existen «pruebas visuales» de que se encontraba en el lugar. Además que, al momento de las pruebas de parafina, pudo comprobarse que en su mano derecha había rastros de pólvora correspondientes a municiones múltiples, correspondientes específicamente al tipo de proyectiles extraídos del cuerpo de Lovera al momento de la autopsia.

 

Estos argumentos fueron esgrimidos antes de que la defensa solicitara un receso para el almuerzo, pedido que en principio fue rechazado por el presidente del Tribunal, sin embargo, tras la insistencia de un cuarto abogado de los campesinos que solicitó 15 minutos, el juez decidió finalmente conceder el tiempo requerido.

 

La lectura concluyó tras 4 horas

 

Tras la pausa, se leyeron los argumentos de todos los defensores y se procedió nuevamente a la lectura total de cada una de las condenas.

 

Una vez acabada la lectura de la sentencia definitiva sobre la condena del caso Curuguaty, el juez Ramón Trinidad Zelaya, presidente del Tribunal, inició la explicación en guaraní a los presentes. Además de informar que las actas y la sentencia podría ser retirada por la defensa al culminar el juicio.

 

 

ABC Color

 

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