Montecarlo: Destruirán escapes adulterados que causan ruidos molestos

El martes 19 de julio se procederá a la destrucción de los mismos en el corralón municipal, y la medida alcanza aquellos escapes deportivos, adulterados en motos y autos alojados en el depósito desde el momento de su secuestro. Los mismos han sido secuestrados por causar ruidos molestos, contaminación sonora y la emanación de gases tóxicos en la vía pública.

La destrucción de los mismos, aprobado por ordenanza en forma unánime por el Concejo Deliberante a principio del mes de mayo de este año, se hará efectiva este martes 19 de julio en el corralón municipal, la medida alcanza a cientos de escapes deportivos, adulterados en motos y autos alojados en el depósito desde el momento de su secuestro y responde sobre todo al respeto de la convivencia en sociedad.

Dentro de los considerandos tenidos en cuenta por el cuerpo legislativo, argumentando que los ruidos molestos, la contaminación sonora y la emanación de gases tóxicos en la vía pública que despiden los rodados, ya sea automóviles o motos, que poseen caños de escapes deportivos, adulterados o libres, y, perjudican la buena convivencia en el tránsito del casco urbano de nuestra ciudad, como así también el malestar de los vecinos.

“De las motos secuestradas en operativos de rutina y en operativos especiales, muchas sanciones están referidas a ruidos molestos” indicaron desde el área.

Para sacar el rodado del predio municipal, además de aguardar la habilitación desde el área legal y de abonar la multa, “al propietario lo obligamos a reemplazar el caño de escape en nuestros talleres porque el vehículo no sale si no está en condiciones”.

Cabe destacar que el Concejo Deliberante de Montecarlo sancionó a principio del mes de mayo, la Ordenanza, qué lleva el número 041/2016 donde faculta al ejecutivo municipal al decomiso y destrucción de los escapes deportivos, adulterados en motos y autos, como así también a proceder a realizar campaña de concientización y difusión de la nueva ordenanza.

Estos hechos producen daño ambiental acústico, perjudicando no solo a aquellos que viven en las calles de mayor circulación de este tipo de rodados, sino a la comunidad en general. Es por ello que es indispensable generar disposiciones reglamentarias que aseguren el cumplimiento y respeto de las normas de tránsito por parte de la ciudadanía, atento a que  la Ley Nacional de tránsito en su Artículo 48, inciso W, prohíbe el uso de estos elementos, dejando de precisar el decomiso y posterior destrucción de los mismos, donde nuestra provincia se ha adherido a la norma citada en párrafo anterior mediante LEY XVIII – º 29 (Antes Ley 4511).

 

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