Buscan regular los conjuntos inmobiliarios en Posadas

Un proyecto de ordenanza que fue girado a comisión de Obras Públicas la semana pasada, impulsado por el concejal posadeño, Martín Arjol,  busca regular los denominados Conjuntos Inmobiliarios en Posadas.

La iniciativa del presidente del bloque radical, Martín Arjol, pretende realizar “un reordenamiento de los puntos clave en este tipo de construcciones que ya se llevan a cabo en la ciudad pero sin una reglamentación específica”.

“Hoy funcionan los conjuntos inmobiliarios, pero bajo un reglamento de Catastro Provincial. Creemos que es necesario brindar un manto de legalidad y una normativa puntual para que Posadas se desarrolle de forma organizada”, sostuvo.

arjol

“La ordenanza tiene como finalidad que los conjuntos inmobiliarios posean un tamaño razonable de acuerdo al lugar en el que se instalen, contengan los servicios públicos esenciales y no obstaculicen el crecimiento de la ciudad. Además, resulta necesario que aquellos que ya existen a la fecha de la sanción de esta ordenanza, se adapten a su reglamentación”, manifestó el edil.

La iniciativa detalla y clasifica a los conjuntos en:

–  Habitacionales simples: destinados al uso residencial, que constan de dos a seis viviendas particulares y que no requieren reglamento interno.

–  Barrios cerrados: para residenciales pero predominante, con un número mayor a seis unidades funcionales, con equipamiento comunitario cuyo perímetro podrá materializarse mediante cerramiento perimetral y cuya superficie es de 0.5 hectáreas a 12 hectáreas.

– Clubes  de campo: cuya superficie es de seis hectáreas o más en los cuales se realicen actividades deportivas (deben ubicarse fuera del radio urbano);

–  Centros comerciales y de entretenimiento, para actividades comerciales, turísticas, de servicios, recreación y esparcimiento simultáneamente, pudiendo ser los mismos cerrados o a cielo abierto.

– Agrupamientos industriales: habilitados para el asentamiento de actividades manufactureras y de servicios, dotados de infraestructura, servicios comunes y equipamiento apropiado y destinado al uso de una comunidad de industriales.

La iniciativa establece que para la aprobación municipal, “los conjuntos deberán cumplir con condiciones de habitabilidad aceptables, establecidos en el Código de Planeamiento Urbano. Ello, tanto en lo que hace al medio físico natural, pendientes, servicios esenciales, como red de electricidad y agua, entre otros. El cumplimiento de dichos requisitos será normalizado a través de un estudio urbanístico del terreno y su área de influencia, al cual se le adjuntarán las certificaciones técnicas pertinentes emanadas de los organismos municipales y provinciales, en función de las características del emprendimiento sometido a aprobación ante la Secretaría de Planificación Estratégica”.

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El Código Civil y Comercial de la Nación incorpora nuevos derechos reales que, entre otras novedades, incluye los denominados «conjuntos inmobiliarios»  y los clasifica en “clubes de campo, barrios cerrados o privados, parques industriales, empresariales o náuticos, o cualquier otro emprendimiento urbanístico independientemente del destino de vivienda permanente o temporaria, laboral, comercial o empresarial que tenga, comprendidos asimismo aquéllos que contemplan usos mixtos».

JM

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