Ocho años de prisión para un hombre por violar a su hijastra menor de edad en Iguazú

Se trata de Avelino Recalde (61) quien fue condenado en juicio abreviado por haber abusado sexualmente con acceso carnal de su hijastra de apenas 9 años en la ciudad de Puerto Iguazú en 2014. Pasará 8 años a la sombra luego del fallo del Tribunal Penal de Eldorado.

Antes de ir a debate oral, finalmente la defensa del imputado y la fiscalía acordaron un juicio abreviado en donde los magistrados condenaron a 8 años de prisión a Avelino Recalde (61), oriundo de Capioví que en 2014 se había acompañado con una mujer en el barrio Bicentenario de Puerto Iguazú y abusaba sexualmente de una de sus hijastras.

La denuncia la había radicado en aquel momento el abuelo materno de la niña que hasta ese año había tenido la tenencia junto a su esposa. Luego la justicia ordenó que la menor vuelva con la madre, cuando la misma ya convivía con un hombre.

Sin embargo, la niña debía ser llevada cada cuatro días con sus abuelos con los que se había criado prácticamente y en una de esas visitas, la nena relató el horror al que su padrastro la sometía cada vez que su madre se ausentaba de la casa.

El hombre de apellido Rodríguez contó que la niña le decía que su padrastro la “safadeaba” cada que su mamá se iba. Los estudios comprobaron que la víctima había sido abusada sexualmente vía vaginal y anal en más de una oportunidad y que el depravado la mantenía amenazada para que no cuente nada y que a su hermana, también menor, la golpeaba para que no comentara sobre lo sucedido, ya que una vez presenció el aberrante acto.

Los relatos de la víctima en Cámara Gesell fueron determinantes ya que allí de manera espontánea contó que su padrastro la tocaba y que le hacía “safaduras”  o la “safadeaba” y que para que no diga nada le prometía que iba a comprarle ropas y zapatos. Una vez incluso la lastimó y que manchó la cama con sangre pero no se animó a decir nada por miedo.

Ante todas las pruebas, el imputado aceptó junto con su abogado defensor los cargos y la pena de 8 años de prisión. La carátula quedó encuadrada en “abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia preexistente en calidad de autor en varios hechos en concurso real”.

El tribunal del fallo fue presidido pro el juez Atilio León, secundado por Lydia Inés Gallardo y María Teresa Ramos. El fiscal fue José Rodríguez mientras que la defensa estuvo a cargo de Hugo Zapana.

Foto ilustrativa

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