Emergencia en Seguridad: ya rige el decreto que permite derribar vuelos

El Gobierno puso en vigencia hoy la Emergencia en Seguridad Pública, al publicar el decreto que dispone una serie de medidas para buscar “revertir la situación de peligro colectivo creada por el delito complejo y el crimen organizado”.

Se trata del decreto 228/2016, que llevó las firmas de la vicepresidenta Gabriela Michetti, y los ministros Julio Mart¡nez (Defensa), Germán Garavano (Justicia), Patricia Bullrich (Seguridad) y Rogelio Frigerio (Interior).

Según detalla el decreto, los delitos que se apunta a atacar abarcan la producción, tráfico y comercialización de estupefacientes previstos en la Ley N° 23.737; delitos de contrabando de armas y contrabando de estupefacientes previstos en la Ley N° 22.415; delitos relacionados con las actividades de una asociación il¡cita; delitos de fraude contra la Administración Pública; prostitución de menores y pornografía¡a infantil; financiación del terrorismo; extorsión y trata de personas, entre otros.

El decreto establece la aprobación de Reglas de Protección Aeroespacial, cuya autoridad de aplicación serán las Fuerzas Armadas.

Las reglas podrán utilizarse en todo “el sector de defensa aeroespacial del territorio de la República Argentina”.

Las medidas comprendidas están “orientadas a identificar, advertir, intimidar y hacer uso de la fuerza (como último recurso) a vectores incursores en el espacio aéreo Argentino”.

Se define como vector hostil a todo “medio/s aéreo/s, tripulado/s o no tripulado/s que por sus características, en el marco de la situación y exigencias de la misión, implica/n una probabilidad de daño o peligro a los intereses vitales de la Nación”.

Las Reglas establecen que “una vez realizado el procedimiento de identificación y establecida la comunicación”, se autoriza a emitir una advertencia a la aeronave interceptada para que abandone el sector de defensa aeroespacial del territorio de la República Argentina, que adopte actitud que se ordene o directamente a compeler al aterrizaje.

Por otra parte, las Reglas sostienen que “está autorizado el uso de la fuerza por medios del Sistema de Defensa Aeroespacial para el derribo y/o destrucción de vectores incursores declarados hostiles”.

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