Fallo de la Corte habilitaría a Misiones a reclamar fondos cedidos a la Anses

A quince días del cambio de Gobierno, la Corte Suprema declaró inconstitucional la detracción del 15 por ciento de la masa de impuestos coparticipables que realiza el Estado nacional desde 1992 para financiar a la Anses. Los fallos que ordenan suspender, dentro de los próximos diez días, la deducción de esos fondos favorecen a las provincias de Santa Fe y San Luis. El mismo beneficio fue otorgado a Córdoba aunque en el marco de una medida cautelar. El texto ordena a las partes involucradas a convenir, dentro de los próximos 120 días, la forma y los plazos para reintegrar a esas tres provincias la suma retenida entre 2006 y 2015 más los intereses correspondientes. De acuerdo a datos preliminares del Palacio de Hacienda los tres casos acumularían una “deuda” por más de 90 mil millones de pesos. Si bien las sentencias del máximo tribunal no son generalizables, la determinación habilita al resto de las provincias que, hasta ahora, no habían tomada la decisión política de avanzar, a reclamar el mismo tratamiento. En ese caso, la cifra superaría los 400 mil millones de pesos.

El Sistema de Seguridad Social es de especial relevancia dado que constituye uno de los instrumentos principales de política social del Estado. Su participación presupuestaria refleja su importancia, ya que el rubro correspondiente ha estado, junto con Educación y Salud, entre los principales dentro del gasto público social ejecutado en nuestro país (entre el 34% y el 38% desde 2003).

Este martes, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró, con el voto de los ministros Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda, la inconstitucionalidad de los arts. 1°, inciso a), y 4° del decreto 1.399/01 del Poder Ejecutivo Nacional, que establecen una deducción de recursos coparticipables equivalente (en la actualidad) al 1,90% de la recaudación neta total de los tributos y de los recursos aduaneros cuya recaudación se encuentra a cargo de la AFIP.

El tribunal declaró que esos fondos eran coparticipables, y en consecuencia que debían devolverse todos y cada uno de los recursos retenidos a las provincias de Santa Fe y San Luis por aplicación de ese decreto (CSJ 539/2009 (45-S) CS1 “Santa Fe c/ Estado Nacional s/ acción declarativa de inconstitucionalidad” y CSJ 1039/2008(44-S)/CS1 “San Luis, Provincia de c/ Estado Nacional y otra s/ cobro de pesos”).

En su decisión, el Tribunal explicó que la deducción fue dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional para financiar la operatoria de la Administración Federal de Ingresos Públicos, sin que haya mediado ningún acuerdo por parte de las provincias. Esa deducción tampoco podía ser considerada una asignación específica de recursos coparticipables porque no había sido dictada de acuerdo a los recaudos exigidos por el artículo 75, inciso 3° de la Constitución Nacional.

La Corte Suprema explicó que al dictar el decreto, el Poder Ejecutivo había actuado sin autorización del Congreso Nacional para hacerlo y que, de todos modos, la Constitución no permite que el Poder Legislativo delegue al Presidente la facultad de establecer y modificar una asignación específica de recursos coparticipables.

El Tribunal destacó los aspectos sustanciales del régimen de coparticipación federal de impuestos, y los propósitos perseguidos a través de la reforma de la Constitución Nacional de 1994, en cuanto al fortalecimiento del régimen federal y la posición de las provincias, y las mayores garantías respecto de la distribución de los recursos financieros y fiscales. En ese marco, consideró que a la hora de examinar la validez constitucional de una detracción de recursos sobre la masa coparticipable se impone una interpretación restrictiva porque se encuentra en juego una facultad que afecta el sistema federal en su conjunto.

Misiones podría reclamar en ese caso, más de siete mil millones de pesos cedidos en los últimos años.

Pero si todas las provincias se sumaran al reclamo de Córdoba, Santa Fe y San Luis, se produciría la quiebra del sistema previsional.

Si se proyecta la detracción del 15% de la coparticipación a nivel nacioinal, el monto deducido por el Gobierno federal asciende a $230.000 millones de pesos en términos históricos, que actualizados ascienden a unos 415.000 millones de pesos. Esa cifra significa más del 7% del PBI y duplica el déficit financiero del Estado nacional previsto para todo 2015.

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