Código Civil: En tres días se presentaron seis pedidos de divorcio express en Posadas

En el Palacio de Justicia entre el lunes y el miércoles se presentaron seis pedidos del denominado divorcio express, que permite no solo un considerable menor tiempo hasta que se dicte sentencia, sino que sea suficiente el deseo de uno de los dos cónyuges de adelantarse al cada vez más utópico “hasta que la muerte los separe”.

El Código Civil y Comercial simplifica los trámites para solicitar el divorcio, y admite que sea dispuesto “sin mayores recaudos que la libre petición de uno o ambos cónyuges, sin requisitos temporales”. Además, dice el texto, los cónyuges pueden hacer propuestas y acordar sobre los efectos que se derivan de la disolución.

El nuevo Código no reconoce causales, aunque sí una indemnización por daños y perjuicios morales

Este punto se explica de la siguiente manera: en la teoría, la sentencia de divorcio no debería demorar más allá de los tres meses. Ahora bien, qué pasa cuando ese trámite de disolución ya estaba en curso con una causal de adulterio. El nuevo Código no reconoce causales, aunque sí una indemnización por daños y perjuicios morales.

Lo que va a pasar entonces es que el divorcio va a salir más rápido pero el conflicto continúa por otra vía, y se tiene que presentar una propuesta reguladora de los efectos que causó ese divorcio

La abogada en derecho de familia, Carolina Malla, explicó: “este nuevo Código le quita derechos que estaban amparados bajo la ley anterior y que la persona los consideraba derechos adquiridos, en el caso de quien litigaba por adulterio o la razón que fuere. Este es un punto de conflicto, lo que va a pasar entonces es que el divorcio va a salir más rápido pero el conflicto continúa por otra vía, y se tiene que presentar una propuesta reguladora de los efectos que causó ese divorcio”.

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Aclaró que en general la norma también rige para los divorcios que ya estaban en trámite y reiteró que aunque la persona esté divorciada, los reclamos por los daños ocasionados continuarán.

“Nosotros nos preguntamos por los efectos que va a generar la aplicación, queda un gran trabajo de los operadores judiciales y las personas que intervienen para analizar la aplicación”.

¿Casarse por civil o en unión convivencial?

El Registro de las Personas viene trabajando en los últimos días en la adecuación de las nuevas formas de unión. En este lugar las parejas que así lo deseen, deberán dejar constancia de la denominada unión convivencial que llegó para reemplazar al concubinato que no era reconocido ante la ley.

El texto precisa: “se incorpora la figura de la unión convivencial, es decir, la unión de dos personas, del mismo o de diferente sexo, basada en una relación afectiva, que conviven y comparten un proyecto de vida en común. Se prioriza la autonomía de la voluntad de la pareja, la cual, mediante pactos de convivencia, podrá regular diferentes aspectos de su vida en común: económicos, alimentarios, responsabilidades, etc.

Se establece la protección de la vivienda familiar y, en caso de muerte de uno de los convivientes, se otorga al sobreviviente el derecho de habitación gratuito del hogar que compartían por un plazo de dos años.

Una vez que la pareja haya decido unirse bajo esta opción, en el Registro de las Personas deberán solicitar la registración y llevar el pacto confeccionado. Lo interesante que es que el organismo le da a esa pareja incluso la opción de llevar a cabo un acto más solemne como si fuera un casamiento por civil, ante la presencia de familiares.

“Antes de este Código algunos hacían un contrato de sociedad de hecho, pero ahora los derechos son muy similares entre el casamiento por civil y la unión convivencial. Hay una mirada paternalista del legislador sobre estas uniones que son cada vez más. Y seguramente muchos se van a preguntar qué va a ser más conveniente, nos unimos o nos casamos lo que va a pasar quizás es que existan uniones convivenciales y casamientos por Iglesia”.

De todas maneras, de acuerdo a lo que le explicó a este diario la responsable del Registro de las Personas, Virginia Alejandra Soto, la persona al pactar la unión firma con su estado civil de soltero, el cual conservará.

Por: Julieta Martinez

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