Consideraron que la chica que mató a su bebé actuó con “negligencia”

Con 24 páginas de un fallo que despertó polémica. Se trata del caso de Nancy Da Rosa (22), la joven detenida durante más de un año por haber matado a su bebé recién nacido en Aristóbulo del Valle. Tras el juicio, el Tribunal Penal de Oberá la condenó a tres años de prisión en suspenso, porque consideró que el caso debía ser encuadrado como un “homicidio culposo”, que le cabe a alguien que mata sin intención de hacerlo.
Para los jueces José Pablo Rivero, Francisco Aguirre y Lilia Avendaño, la joven actuó con negligencia pero sin la intención de matar a su hijo.
Este miércoles se conocieron los fundamentos del fallo. Consideraron que Da Rosa fue responsable de la muerte de su hijo recién nacido pero le atribuyeron que actuó bajo una situación emocional violenta y con absoluta negligencia en base a su declaración testimonial en la parte de instrucción. “Sentí que se cayó el bebé y lo le agarré, pero no se movía ni respiraba y lo tiré en el pozo. Pensé que estaba muerto sino no lo hubiera hecho”.
Estas palabras fueron clave para el Tribunal. Los magistrados entendieron que ella actuó bajo un grado de confusión importante y también sumado a su baja instrucción y posibilidades económicas, nunca pudo tratarse médicamente en el embarazo, que intentaba ocultar por temor a que su madre se enojara, con el agravante de que fue aparentemente concebido en una violación.
“La intención homicida de Nancy Da Rosa no fue probada con la certeza que se requiere para dictar una sentencia condenatoria, razón por la cual debemos descartar el dolo”, opinó el juez Aguirre, a cuyo voto adhirieron sus dos pares.

Grave y determinante
“La grave y determinante negligencia de Nancy Da Rosa consistió en no haberse asegurado, antes de arrojar al bebé al pozo, que el mismo hubiera estado realmente muerto. Ella dijo simplemente que lo creyó muerto y lo arrojó al pozo. Incurrió en error, y por tratarse de un ‘error vencible’, es motivo de reproche penal”, sostuvo.
“Incluso, ampliando un poco más el alcance de la negligencia de la imputada, (aunque lo inmediato y determinante fue la circunstancia mencionada anteriormente), no puede soslayarse que la actitud de ocultamiento del embarazo aún con respecto a su propia madre con quien convivía, el uso de faja para disimular y la falta de atenciones médicas aunque sea en un hospital público, configura de por sí una negligencia que puso en riesgo su propia salud y la vida del feto, habiendo quedado expuesta a los riesgos que todo ello implica, y sobre todo el inexorable desenlace que representa un parto en esas condiciones, tornándose en una circunstancia previsible por parte de la autora del hecho”, añadió.
También se tuvo presente las declaraciones de su ex pareja, su madre y vecinos, quienes mantienen un buen concepto de la adolescente. No tenía antecedentes y su relación de manera normal y muy buena con su hija de cuatro años, hicieron suponer que se estaba ante una situación que desbordó a la imputada.
A modo de conclusión respecto a la calificación legal, considero que el obrar culposo de la acusada fue la causa determinante de la muerte, por haber existido una relación directa de causa-efecto. En otras palabras, la grave negligencia de Nancy fue la causa próxima, inmediata y principal del resultado homicida, razón por la cual el hecho probado queda subsumido en la figura penal de Homicidio Culposo (art. 84, C.P.).”, remató en cuanto a la calificación legal del hecho, el punto más esperado del escrito que se conoció en el mediodía de ayer.
En el mismo fallo en el que se la condenaba, el Tribunal ordenó la inmediata libertad de la joven, porque se trataba de un castigo de cumplimiento condicional.

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