La Justicia Federal de Brasil mantiene en suspenso la autorización de la represa Panambí sobre el río Uruguay

El Tribunal Regional Federal de la cuarta región brasileña, que comprende a los estados de Rio Grande do Sul, Santa Catarina y Paraná, por unanimidad rechazó los argumentos del Instituto Brasileño de Medio Ambiente y Recursos Naturales Renovables (Ibama) y de las Centrales Eléctricas Brasileñas SA (Eletrobrás) y mantuvo la cautelar que prohíbe la entrega de licencia previa y suspende el proceso de aprobación ambiental para la usina Hidroeléctrica Panambí, localizada al noroeste de Rio Grande do Sul. La decisión responde a los pedidos del Ministerio Público Federal (MPF), que sostiene que la cota de inundación prevista para el emprendimiento (130 metros) comprometerá una zona intangible del Parque Estadual do Turvo, que es la contraparte del Parque Provincial Moconá y comparte los saltos del mismo nombre sobre el río Uruguay.

La acción civil pública con pedido de cautelar fue avalada por la Procuradoría de la República en Santa Rosa (RS), en conjunto con el Ministerio Público de Rio Grande do Sul. Los fiscales indicaron que el parque do Turvo es una Unidad de Conservación y de Protección Integral que “no puede sufrir ninguna alteración humana, además de ser tutelado por el régimen jurídico de intangibilidad que lo caracteriza como bien cultural y socioambiental de RS (Ley nº 7.213/78). También sostiene que la inundación de 60 hectáreas da área do Turvo generará significativos daños a la biodiversidad y al paisaje del parque.

Después de la concesión de la cautelar en primera instancia, el caso llegó a manos del Tribunal Federal de la cuarta región. En sus argumentos contra la apelación de Ibama y Eletrobrás, el procurador regional de la República, Lafayete Josué Petter recordó que la Constitución Federal delegó en el Poder Público la definición de los espacios territoriales y sus componentes a ser especialmente protegidos, siendo la alteración o supresión permitidas únicamente por medio de ley. “Este dispositivo constitucional es directamente violado por el estudio de inventario preliminar para la instalación de la represa de Panambi”, dijo el procurador.

Petter afirmó además que la prohibición debería ser mantenida debido al principio de precaución, consagrado formalmente por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y Desarrollo en Rio 92 (ratificada por Brasil). Por esa directriz, la ausencia de certezas científicas no puede ser argumento para postergar la adopción de medidas eficaces para la protección ambiental.

En la duda, prevalece la defensa del medioambiente. “A pesar del carácter inicial de los estudios, la alteración de cota de 130 metros es imprescindible porque el planeamiento de la construcción del aprovechamiento hidroeléctrico en esas condiciones es ilegal, en la medida que permite la inundación de un bien tutelado y de una unidad de conservación y protección integral”, alega.

La paralización de las obras del lado brasileño también impacta en el proyecto argentino, ya que los estudios de factibilidad deben realizarse en ambas márgenes.
El proyecto de Panambí va atado al de Garabí y si es rechazado en el margen brasileño, deberá necesariamente ser rediseñado tal como está.
En Misiones el proyecto también recoge críticas, pero no hubo ninguna acción judicial en contra del estudio que por ahora es solamente eso, una etapa previa al diseño definitivo de la represa que cuenta con el respaldo de los gobiernos de Brasil y Argentina.
De todos modos, si como teme la justicia brasileña, la represa en dos cortes afectaría al parque estadual do Turvo, también sería afectado el Parque Provincial del Moconá con sus famosos saltos.

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