Juzgan a un portero acusado de abusar sexualmente de dos menores en Posadas

Comenzó hoy el debate que determinará si la acusación contra Luis Palacios por abuso sexual es factible de condena o no. Se realiza en el Juzgado de Menores Nº2 a cargo de la doctora Marcela Leiva. El hecho sucedió en 2011 en un edificio ubicado sobre avenida López Torres, en donde el hombre de 50 años que trabajaba como portero habría manoseado a dos menores de 5 y 7 años que en aquel momento residían en el lugar. La fiscal es Yolanda Mazzal mientras que el defensor es Ariel Belda.

La jueza de Menores Marcela Leiva lleva adelante un tribunal Unipersonal para juzgar a Luis Palacios, un ex portero de 50 años que está acusado de abusar sexualmente de dos menores, un niño y una niña de 5 y 7 años. Ocurrió en 2011 en el edificio denominado Galeno, ubicado sobre avenida López Torres, donde el sujeto trabajaba y en una tarde que los pequeños habían bajado de sus respectivos departamentos (son vecinos), el mencionado los llevó a un lugar reservado y los habría manoseado en sus partes íntimas.

Toda esta cuestión es la que se debate a partir de hoy en el Juzgado Correccional y de Menores Nº2 de Posadas y se prevé  que el lunes ya haya una definición. La encargada del Ministerio Público Fiscal es la doctora Yolanda Mazzal de Mass  mientras que la defensa está sujeta a la labor del abogado Ariel Belda.

Fuentes del caso explicaron que los elementos que tiene el acusado en su contra son las contundentes entrevistas en Cámara Gesell a los menores que están marcadas como pruebas y los distintos testimonios, entre ellos las madres de los chicos.

También un dato a tener en cuenta es que poco después del hecho, mientras el hombre estuvo detenido un tiempo y luego salió por el beneficio de la excarcelación, aparecieron materiales pornográficos dentro del depósito en donde trabajaba. Los mismos fueron descubiertos por el nuevo portero en su momento. El acusado llegó en libertad ante los estrados.

Las penas previstas en casos como este tienen un máximo de ocho años de prisión por ser dos hechos y una mínima de dos. Se comprobó que no hubo acceso carnal y solamente quedó en un manoseo por lo que la carátula es “abuso sexual simple”.

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