Apeo de araucaria nativa genera polémica en San Pedro

Dentro del predio donde se construirá el nuevo hospital, se decidió voltear un ejemplar de esta especie nativa declarada por ley 2380 Monumento Natural provincial “fue por razones fitosanitarias y con autorización de Ecología”, aseveró el intendente de San Pedro, Miguel Dos Santos. Sin embargo, desde el organismo provincial no brindaron información al respecto. Ahora surge el conflicto por la protección ambiental de la especie o la búsqueda de una solución por el riesgo que provocan las araucarias nativas dentro de la zona urbana sobre la vida de las personas, cuando las condiciones climáticas son extremas.

 
El Pino Paraná o Araucaria angustifolia es una especie en vías de extinción, declarada Monumento Natural Provincial por la Ley 2380, que prohíbe en forma absoluta la tala, comercialización y destrucción de estos ejemplares nativos.
Sin embargo, vecinos conservacionistas de la localidad de San Pedro -que se adjudica el slogan de la Capital Nacional de la Araucaria- se comunicaron con ArgentinaForestal.com para denunciar que recientemente habrían volteado uno de estos ejemplares más antiguo en el terreno público.

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Esta semana comenzaron los trabajos de movimiento de suelo para iniciar la construcción del nuevo hospital para el municipio, que está ubicado en la zona de Antártida Argentina y ex Ruta 14, y al ver que talaron una de las araucarias en pie en el lugar, vecinos conservacionistas alertaron de la situación.
En diálogo con el intendente Miguel Dos Santos, admitió que ya habían talado una araucaria del predio, y en ese contexto, sostuvo que el municipio demanda además de un mayor apoyo del Ministerio de Ecología para resolver lo que considera una problemática ambiental y social “grave” en San Pedro: “hay muchos ejemplares que no están en condiciones fitosanitarias en zonas urbanas, y muchas veces por las lluvias y vientos fuertes, desde la municipalidad se tiene que tomar decisiones para preservar a familias que están en riesgo en sus viviendas, ya que el pino se les viene encima, generando daños materiales y peligro sobre las personas”, dijo el jefe comunal.
Sobre el reciente apeo realizado, Dos Santos explicó que “desde que se comenzó a trabajar en el proyecto del nuevo hospital, se presentó una solicitud a Ecología para voltear este ejemplar por las condiciones fitosanitarias en las que se encontraba. “Nos autorizaron a cortar porque tenía malas condiciones, estaba enferma, incluso tenía un hueco y abejas adentro, lo que sería un peligro por el movimiento de personas que en el futuro habrá en el hospital, pero los ejemplares que estaban en mejores condiciones dentro del predio no se tocaron, fueron conservados”, aseguró.

 

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Problemática ambiental y social

Por otra parte, el jefe comunal dijo que “sería bueno que esta gente que sale a defender la araucaria, también se haga cargo de las consecuencias que esto genera. Hay 32 ejemplares de araucaria enfermas en zonas urbanas, dentro del pueblo. El año pasado, en plena navidad tuvimos que salir de urgencia para ayudar a las dos familias que sufrieron la destrucción de sus viviendas porque se les cayó el pino encima. Tenían niños en la casa, y de milagro no sucedió una desgracia. Esta es la realidad con la que me encuentro todos los días, y nadie de Ecología ni de organizaciones conservacionistas vienen a darnos una mano cuando estas cosas suceden”, cuestionó Dos Santos, quien aprovechó para convocar a los medios para que recorran el pueblo a conocer la problemática que enfrenta por la falta de una gestión ambiental en la zona urbana.
“Cuando cae un pino sobre los postes de luz se generan cortes por varios días, si cae por una casa destruye los techos, por lo tanto, en las condiciones que estaba el ejemplar que volteamos en el predio del futuro hospital seguro sería otro problema, ya que por allí transitarán como mínimo 150 personas diariamente”, expresó el intendente.
“Estoy a favor de la conservación de la araucaria, reconozco su valor ambiental y que rige una ley de Monumento Natural, pero necesitamos ayuda de la Provincia para ordenar esto en el área urbana, ya que el pueblo creció y no hubo una gestión ambiental que considere la planificación de las mensuras y que las viviendas estuvieran alejadas de estas especies, nadie tuvo en cuenta esto en gestiones anteriores y hoy el gobierno de turno tiene que resolver estos problemas. Por lo tanto, que los conservacionistas, los porteños “bocones” o los vecinos que hablen todo lo que quieran. En Ecología saben de este problema social y ambiental, hace más de un año que estamos solicitando apoyo y no encontramos respuestas, así que me hago cargo de lo que digo y de las decisiones que tomo, porque es al municipio donde la gente viene a buscar respuestas cuando se ven amenazadas las casas y sus familias ”, concluyó Dos Santos.

Qué dice la legislación vigente

Entre los Monumentos Naturales de Misiones, por Ley Nº 2380/86 se protege la especie Pino Paraná o Araucaria angustifolia:
ARTÍCULO 1º: DECLARASE Monumento Natural Provincial, de interés público, y fuera de comercio a los ejemplares nativos de las especies ARAUCARIA ANGUSTIFOLIA (Pino paraná) y ASPIDOSPERMA POLYNEURON (Palo rosa), ubicados en tierras fiscales provinciales, de entes autárquicos, descentralizados, municipales y/o de propiedades privadas a fin de lograr la preservación, conservación y reproducción de las especies, para evitar su extinción.
Esta declaración afecta a cada uno de los pies o individuos de las citadas especies nativas, cualquiera sea la edad o estado, que habitan el territorio provincial.
ARTÍCULO 2º: DECLÁRANSE inviolables y prohíbase en forma absoluta la tala, comercialización y destrucción de ejemplares nativos de las especies «Araucaria angustifolia» (Pino paraná) y «Aspidosperma polyneurom» (Palo rosa).
ARTÍCULO 3º: CRÉASE en jurisdicción del Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables, como órgano de aplicación de la presente, el Registro Provincial de Protección a la «Araucaria angustifolia» (Pino paraná) y a la «Aspidosperma polyneurom» (Palo rosa) el que llevará un control de las declaraciones de árboles de las especies y procederá a efectuar un relevamiento y determinación de los ejemplares aislados o rodales que constituyen reservas nativas de las especies citadas.
ARTÍCULO 4º: EL Poder Ejecutivo autorizará excepcional y expresamente cuando medidas sanitarias o causas fitosanitarias así lo aconsejen, en resolución fundada el apeo de árboles nativos de los ejemplares cuyo exclusivo objeto sea conservar y mejorar las especies sin que en ningún caso propenda a la obtención de lucro, estableciendo en la reglamentación las enfermedades o las causas que hagan necesario ineludiblemente el corte de las especies preservadas por ésta Ley.
ARTÍCULO 5º: FIJASE las multas a aplicar por todo acto u omisión que contraríe las disposiciones de la presente en el importe de veinte (20) a cincuenta (50) veces el valor del aforo que, a la fecha, esté vigente para la especie de mayor valor. Además, los infractores sufrirán la pérdida de las maquinarias y todo otro elemento utilizado para cometer la infracción. El Poder Ejecutivo podrá hacer caducar las autorizaciones o habilitaciones para la actividad forestal a las industrias que utilicen madera en infracción.
(Diciembre 1992)

 

 

Por Patricia Escobar

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