Caso Silvia Andrea: el Tribunal de Oberá se basó en cuatro testimonios para sellar la suerte de sus imputados

El Tribunal Penal de Oberá dio a conocer este lunes los fundamentos del fallo que condenó a prisión perpetua a Marciano Benítez y a 18 años de prisión a Hugo Dante “Willy” Ríos por el asesinato de la estudiante Silvia Andrea González (15), ocurrido en octubre de 2001 en Campo Viera.  Para los jueces, hubo cuatro testimonios clave que ligaron a ambos con el hecho.

“Básicamente hemos arribado a la conclusión de que la privación ilegítima ha quedado probada, así como también el abuso sexual”, explicó el presidente del triunvirato de magistrados, José Pablo Rivero.

Para el Tribunal, Fabiana Cantero, condenada en la misma resolución a tres años de cárcel, fue quien “entregó” a Silvia Andrea. Explicó en los fundamentos que esta mujer actuó en complicidad con su hermana menor, que era amiga de la adolescente asesinada.

“Fabiana y su hermana Marina fueron las entregadoras de Silvia Andrea, tuvieron una participación determinante porque mediante engaños llevaron a la joven hasta un bar a merced de algunas personas. Acá es donde surge de manera concreta la imputación de la privación ilegítima de la libertad. En ese lugar fue visto Marciano Cantero, que llegó en su Renault 12 celeste. También fue visto llegar, permanecer e irse a Willy Ríos”, detalló Rivero.

El juez dio crédito a los dichos de la testigo Norma Ríos, quien no declaró en el debate, pero cuyo testimonio obra en el expediente. Esa mujer dijo haber visto a Willy y a Marciano Benítez sacando del bar a Silvia Andrea y precisó que la adolescente estaba como dopada,  por lo que no podía valerse por sí misma.

“La llevan posteriormente a tres lugares, donde la someten sexualmente. La casa donde vivía Benítez, el garaje de la misma residencia y una unidad básica justicialista ubicada muy cerca”, añadió el camarista. En este punto, los jueces  se apoyaron en el relato de Carina Morel, una jovencita a la que muchos en Campo Viera acusaron de fabuladora. Ella enumeró esos lugares como los sitios de cautiverio y suplicio de la víctima.

“La lógica, el sentido común, que se utiliza para analizar la prueba nos indican que el único fin por el cual privaron de su libertad a la joven fue para violarla. ¿Por qué la mataron? Para ocultar los delitos anteriores, la privación ilegítima de la libertad y el abuso sexual”, sostuvieron los magistrados.

Según Rivero, no encontraron pruebas de que Ríos ni Cantero hayan actuado en el asesinato de la estudiante. “Por eso en ese punto nos apartamos del requerimiento fiscal y nos inclinamos por el beneficio de la duda”, remarcó.

Diferente fue el caso de Benítez, al que consideraron el asesino. “El cadáver estuvo en su casa, oculto en el cielorraso. En su indagatoria, él dijo que ese espacio era chiquito, que a veces lo fumigaban. Sin embargo, se constató que era grande, con dos bocas de acceso. El cuerpo estuvo allí sometido a altas temperaturas, como estimó el médico forense”, opinó el presidente del tribunal.

El doctor Gabriel Flores, que realizó la autopsia, indicó que el cuerpo estuvo expuesto a altas temperaturas con quemaduras y signos de haber estado en el baúl de un auto o entretecho.

El tercer testimonio clave fue el de la empleada doméstica que trabajaba en la misma casa que habitaba Marciano. Ella dijo que un día antes del hallazgo del cuerpo sintió un olor fétido proveniente de la habitación de Benítez. “Venía del techo el olor. Luego el cuerpo fue movido de ahí”, indicó el juez.

«Todas son pruebas que se van compatibilizando y sumando al testimonio de la empleada de Benitez, quien manifestó sentir un olor nauseabundo el día anterior a que el cuerpo sea trasladado y Benitez quiso minimizar la situación mandando a comprar desodorantes de ambiente. El abuso sexual le cabe la responsabilidad a Benitez y Ríos, tal vez a otra persona más, pero no se logró individualizar», añadió.

Finalmente, indicó que el cuarto relato determinante fue el de un tío de Silvia Andrea, al que un conocido de Marciano, apodado “Bocanegra”, le confió que Benítez le pidió ayuda para colocar un bulto hecho con bolsas de tipo arpillera en el baúl de su auto. Para el Tribunal no quedan dudas de que ese bulto ocultaba el cadáver de la adolescente.

Rivero expresó que la causa era muy antigua y compleja «esa es una deuda que la Justicia tiene con la sociedad, ha sido un juicio largo que por suerte tuvo una sentencia luego de mucho tiempo. Hemos finalizado una etapa, ahora vendrán las apelaciones «.

Se refirió a la familia: «Lla paciencia que han tenido es de destacar, porque pese al dolor y el tiempo que se demoró el juicio, respetaron los tiempos y con el dolor se mantuvieron enteros”.

Tras un mes de debate, con 13 audiencias y el paso de más de 30 testigos, el fallo se conoció el pasado 5 de diciembre. Lo dictaron José Pablo Rivero, Ivonne Heppner y Demetrio Cuenca.

Los jueces decidieron condenar a Marciano Benítez como autor penalmente responsable de los delitos de privación ilegítima de la libertad, abuso sexual con acceso carnal calificado y homicidio calificado, todo en concurso real a la pena de prisión perpetua, accesorias legales y costas.

También sentenciaron a “Willy” Ríos como autor penalmente responsable de los delitos de privación ilegítima de la libertad y abuso sexual con acceso carnal calificado en concurso real a la pena de 18 años de prisión, con accesorias legales y costas.

Y condenaron asimismo a a Fabiana Cantero como partícipe primaria de la privación ilegítima de la libertad a la pena de 3 años de prisión y costas.

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