Muerte en el taxi: el médico Landi pagó 750 pesos de multa para que el juicio se suspenda

El juicio por la muerte de Emy Acuña (59), la mujer que dejó de existir en un taxi en agosto de 2009 luego de pedir asistencia médica en un sanatorio de la avenida Mitre, pende de un hilo otra vez, porque el único imputado, el doctor Jorge Landi, pagó el mínimo de la multa prevista para el delito que le imputaban. Fuentes judiciales indicaron que se trata 750 pesos.  Así pretende que se extinga la acción penal. Sin embargo, la fiscal María Laura Álvarez rechazó el planteo del médico y solicitó que el acusado realice tareas comunitarias en un centro público.

La vía elegida por el acusado está prevista por la ley. De todos modos, causó profundo malestar en la fiscalía del Tribunal Correccional 2, a cargo de María Laura Álvarez, que pretende la realización del debate. Fuentes cercanas a la funcionaria confiaron que la fiscal está en total disconformidad, porque quiere que la causa se ventile en un juicio y que el acusado explique a la hija de la fallecida por qué se negó a brindarle asistencia básica a la mujer que a los pocos minutos terminó muriendo.

La funcionaria señaló que «el artículo 64 del Código Penal exige el pago de la multa pero de acuerdo a la oportunidad en que se produce el pago». Entiende la fiscal que sobre la fecha del juicio, la sanción debe ser la máxima y no la mínima. El artículo 64 exige la reparación del daño que queda sujeta a apreciación del juez.

La víctima era empleada de Canal 12 y había sufrido un ACV. Junto a su hija, Graciela Miranda, acudió a la clínica donde Landi estaba de guardia. Según la acusación, el facultativo no la atendió como correspondía y entonces madre e hija tuvieron que buscar otro sanatorio. En el camino, a bordo de un taxi, Emy falleció.

¿Por qué ese ínfimo monto de dinero por una muerte? La omisión de auxilio está prevista en el Artículo 108 del Código Penal Argentino, que dice: “Será reprimido con multa de pesos setecientos cincuenta a pesos doce mil quinientos el que encontrando perdido o desamparado a un menor de diez años o a una persona herida o inválida o amenazada de un peligro cualquiera; omitiere prestarle el auxilio necesario, cuando pudiere hacerlo sin riesgo personal o no diere aviso inmediatamente a la autoridad.”

El juicio se había suspendido a mediados de año, porque la defensa de Landi presentó un pedido de prescripción. La causa recién prescribía el 14 de diciembre. Como no se volvió a fijar fecha, la fiscal Alvarez reiteró el pedido para que saliera el debate. Quien debía presidir el Tribunal, el juez de Instrucción Marcelo Cardozo, primero argumentó que no podía este mes porque estaba de turno, pero luego decidió llevar adelante el proceso. Sin embargo, ahora el pago de la multa llevaría a la extinción de la causa.

José Luis Rey, el defensor de Landi, opinó que el caso jamás debió llegar a juicio. Para él, no existió la “omisión de auxilio” y tampoco una mala praxis o un abandono de persona. Por último, consideró que el pago de la multa no significa que el médico se haya declarado culpable, solo que optó por hacer extinguir la acción penal.

Este jueves, a las 8, en Palacio de Justicia, se sabrá si sale o no el debate.

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