En Eldorado exigirán habilitación comercial para la venta de pirotecnia autorizada

Ante las proximidades de las tradicionales fiestas de Navidad y Año Nuevo, la municipalidad de la ciudad de Eldorado informa que se intensificarán los controles para combatir la venta ilegal de pirotecnia.

En tal sentido, se recuerda que está en vigencia la Resolución Nº 4371/A/04 que establece que los interesados en realizar la venta de pirotecnia en general autorizados en el ejido de la ciudad de Eldorado, deberán presentar la correspondiente solicitud de habilitación comercial para la venta de estos productos.

Además los locales deberán estar provistos de las medidas de seguridad correspondientes como ser: matafuegos tipo A-B-C por cada 10 m2 de superficie, carteles que indiquen la prohibición de fumar, prohibición de artefactos que produzcan chispas o fuego y toda otra medida de seguridad establecida por la legislación nacional y provincial vigente.

Asimismo manifestaron tal como lo dice la Resolución, en todo momento deberán exhibir el manual de instrucción o uso de los productos y el origen de los mismos. Establecer la obligación de exponer en forma clara y visible indicadores y/o carteles que dispongan las siguientes prohibiciones:Vender artificios pirotécnicos que no estén debidamente registrados.Fumar en el sector de venta y/o almacenamiento.Vender artificios pirotécnicos a menores de edad. Almacenar material al alcance de terceros. Almacenar artificios pirotécnicos cerca de materiales inflamables, fósforos, encendedores, fuentes de calor, calentadores, estufas, etc.

Las áreas competentes de la municipalidad deberán efectuar las verificaciones y controles pertinentes, previo al otorgamiento de la autorización solicitada y todas las veces que así lo considere con el objeto de controlar el estricto cumplimiento de la presente norma.

En caso de detectarse productos que no están autorizados para la venta, la Municipalidad a través del área competente intimará al propietario del comercio a suspender la venta de estos productos y retirarlos del local. De no cumplimentar en el plazo de veinticuatro (24) horas se procederá a la clausura inmediata del comercio.

En este marco tambien señalaron que en todos los casos, en plazo máximo de treinta días deberá acreditar el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en lo que respecta a su inscripción en el registro nacional de armas en el rubro vendedor de artificios pirotécnicos.

Cabe aclarar que el compromiso de la municipalidad es prevenir, y en función de las Ordenanzas vigentes se trabajará activamente para evitar que circulen elementos ilegales y, por lo tanto, bajar el riesgo de accidentes.

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