El Concejo aprobó por unanimidad la creación del Registro de uso social de los terrenos baldíos de Posadas

En el mes de octubre se aprobó por unanimidad en el Concejo Deliberante de Posadas, la creación del “Registro de Uso Social de los terrenos baldíos de la ciudad de Posadas, por iniciativa de la concejal Claudina Deglise.

 

De tal forma Deglise propicia el “uso social de baldíos” con “la finalidad fomentar la disminución de los terrenos baldíos privados en desuso, existentes en el ejido de la ciudad de Posadas”, por lo que “son destinatarios del presente programa, los propietarios de terrenos baldíos existentes en la ciudad de Posadas, y las Comisiones Vecinales interesadas en utilizarlos gratuitamente para el cumplimiento de sus fines sociales”.-
Es así como plantea la creación del “Registro de Uso Social de los terrenos baldíos de la ciudad de Posadas, que estará a cargo de la coordinación del programa de Regularización de Ocupación de Espacios Públicos y Provisión de Aguas con Financiamiento Especial, donde se asentarán los comodatos firmados entre los particulares dueños de terrenos baldíos, y las comisiones vecinales”.

Será entonces el departamento Ejecutivo Municipal el encargado de invitar “a todos los propietarios que posean terrenos baldíos a adherirse al presente programa, con la finalidad de ser empleados como:
a) Espacios recreativos;
b) Espacios multiusos para actividades deportivas;
c) Espacios para actividades de carácter comunitario (ferias, muestras, reuniones, expresiones culturales, huertas, y otros usos que prevea la reglamentación de la presente)”.
Propicia que el “el propietario del terreno, y las Comisiones Vecinales comodatarias, firmen entre sí, un contrato de comodato, haciéndolo en representación de estas últimas, el Presidente, Vicepresidente y el Secretario de las mismas”. Como compensación se determinará “la exención del pago de la Tasa General de Inmuebles al propietario del terreno durante la vigencia del contrato de comodato”.

También los contrarios por firmar deben reunir determinadas condiciones. En el proyecto de ordenanza se especifican las siguientes:
a) El comodato firmado con las Comisiones Vecinales tendrá una duración mínima de dos (2) años, pudiendo ser renovadas cuantas veces sea necesario, siempre que las partes estén de acuerdo;
b) La restitución del predio se efectuará una vez finalizado el término del comodato o cuando el propietario así lo exija por contemplarse incumplimiento de los términos y fines sociales del mismo, por parte de las comisiones vecinales comodatarias; con treinta (30) días de antelación. Para el supuesto de que la parte propietaria ofrezca el inmueble a la venta, el Departamento Ejecutivo Municipal tiene preferencia sobre cualquier otro interesado, a igual precio y modalidad de pago;
c) El Departamento Ejecutivo Municipal podrá, en cualquier momento, dejar sin efecto los beneficios impositivos a favor del propietario que otorga al registrar el comodato, cuando la parte comodataria no esté cumpliendo los términos del mismo, debiéndose comunicar tal situación a las partes con treinta (30) días de antelación al cese del beneficio;
d) Quedará determinado en el comodato firmado entre el propietario del terreno, y las comisiones vecinales, que estas últimas no podrán plantear en ningún caso el derecho de posesión veinteñal frente a la justicia, por tratarse de un comodato renovable.-

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