La reforma del Código Procesal penal disparó un fuerte debate jurídico

La presidenta Cristina Fernández de Kirchner envió al Congreso el nuevo Código Procesal Penal. En su mensaje, la jefa de Estado sostuvo que la reforma del Código busca asegurar “una administración de Justicia que contemple la reparación a las víctimas” y que el nuevo Código será un” instrumento de procedimiento ágil, rápido y moderno». Cristina advirtió que el nuevo Código prevé sanciones graves para los jueces y fiscales que no cumplan con los plazos estimados para el proceso. El nuevo Código fijará un plazo máximo de un año de instrucción y que su no cumplimiento no generaría la prescripción de la causa sino «sanciones graves para los magistrados».
El texto incorpora los principios de celeridad, oralidad, publicidad y “desformalización” de las decisiones. Prevé que ningún proceso podrá durar más de tres años, y agiliza la revisión de las decisiones.
El nuevo Código prevé la expulsión de extranjeros que tienen algún tipo de irregularidad en su situación migratoria y son sorprendidos in fraganti en la comisión de un delito. Esta medida se da como condición de la suspensión del juicio a prueba. “Van a ser expulsados del país y no podrán reingresar por 15 años y si lo hacen serán juzgados por el delito por el cual fueron extrañados”.
El proyecto de reforma generó diversas interpretaciones y en algunos casos, fuertes críticas, de la que también fueron parte actores misioneros en el servicio de justicia.

 

 

La comparación con nuestra ley provincial

Miguel Iglesias, es presidente y miembro fundador del Instituto de Ciencias Penales del Colegio de Abogados de Misiones. Especialista en Derecho Penal y Masterando en Derecho Penal (U.Belgrano), Doctorando en Ciencias Penales -U. Arg. JFK.  Realizó para Misiones On Line un análisis del proyecto nacional comparado con el de Misiones.
El texto del proyecto de ley de enjuiciamiento criminal que regirá para el servicio de justicia Federal fue elaborado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y recoge y actualiza las iniciativas del anteproyecto de Código Procesal Modelo para Iberoamérica elaborado por el jurista Julio Maier, el anteproyecto del profesor Alberto Martín Binder (INECIP), autor del código procesal penal de Provincia de Buenos Aires, el de la República del Paraguay, Costa Rica, Venezuela, entre otros, además retoma aspectos de los textos elaborados por el Ministerio en 2007 y en el Congreso de la Nación en 2010.
Significa un gran salto desde el sistema inquisitivo disminuido (investigación del caso a cargo de un juez de instrucción que dirige la investigación, y valora la prueba por el mismo producida), para pasar al sistema acusatorio (el fiscal como titular de la acción penal pública, debe hacerse cargo de la investigación y de impulsar el proceso), desapareciendo la nefasta y superada figura del juez de instrucción, pasando a tener a un tercero absolutamente ajeno a la pesquisa que se llama Juez de Garantías, quien es que regula el proceso y se encarga de la tutela judicial efectiva de los derechos de las partes.

 

La decisión política de este cambio de paradigma, no es nueva, pues fue asumida en la Constitución de 1994, quedando desde esa fecha en deuda, tanto el gobierno federal como el de la mayoría de las provincias, el deber de adecuar sus procedimientos procesales a los requisitos y límites fijados por el texto Constitucional y el bloque de Tratados y Convenciones de Derechos Humanos que integran la ley Suprema con su correspondiente jerarquía.
No es un acto sorpresivo ni demagógico, solamente se trata de cumplir con lo que expresamente se previo en la Ley Suprema de la República tanto para el servicio de Justicia Federal como de todas las Provincias.

miguel iglesias

 

 

En el proyecto federal trata de insistir con la inmediatez -vía oralización- del proceso, para arribar a su conclusión en plazos estrictos -que no son ordenatorios como se pretende argumentar-, pues es un garantía Constitucional y Convencional, que las partes tengan una respuesta definitiva del conflicto en el menor tiempo posible. Toma mayor relevancia la figura de la víctima que no necesita constituirse en parte como querellante o actor civil para tener incidencia en las resultas del proceso. Se mantiene la prisión preventiva como medida cautelar, con las causales ya reconocidas, sumado a un argumento poco claro -conmoción social- que creemos no tendrá buena acogida por el Tribunal Interamericana de Derechos Humanos, custodio supremo en la interpretación y aplicación del bloque de Tratados y Convenciones en materia de DDHH.
Para hablar de justicia, es elemental que el estado provea de la estructura fijada por la Constitución, entre otros, Ministerio Público Fiscal y de Defensa que sean autónomos y autárquicos, un poder judicial independiente en todo concepto, integrado solamente por los jueces y auxiliares, paso ya concretado por la Nación y olvidado por la legislación provincial.
Lamentablemente, nuestra Provincia se encuentre muy lejos de los estándares fijados hace veinte años por la ley Primera de la República.
Carecemos de ley de Ministerios, provocando que los integrantes del Ministerio Público Fiscal y de la Defensa, conformen el Poder Judicial Provincial, carezcan de independencia, formando con los integrantes de la judicatura un solo grupo de trabajo, violentándose inequívocamente las garantías al Juez o Tribunal Imparcial y un Debido Proceso.
El derecho a obtener del Estado una acusación clara y argumentada, formulada por un órgano independiente del órgano Juzgador, se encuentra francamente vulnerado, al igual que el derecho a ser defendido por órgano oficial encargado de la Defensa de sus derechos, que también sea independiente del órgano acusador y del encargado de sus juzgamiento.
En estos términos, la garantía a un proceso justo, no se halla tutelada, menos aún, materializada. Esta división que señalamos, ya fijada por la Constitución Nacional de 1994, no se refleja aún en nuestro servicio de justicia provincial, colocando a todos los procesos penales de competencia de la justicia ordinaria, bajo un serio cuestionamiento sobre su constitucionalidad y validez.
Esperamos que nuestros legisladores asuman a la brevedad, la responsabilidad de recorrer el camino diseñado por la Constitución Nacional hace largos 20 años.

 

Pensando en Buenos Aires
El abogado Eduardo Paredes es crítico sobre el proyecto de reforma que ya ingresó a la Cámara baja. «La opinión en general en la academia es negativa. El proyecto se armó porque parte de la campaña política, está basada en la palabra inseguridad, y en realidad es una premisa falsa, porque Argentina dentro de América Latina, es el segundo país con menos tasa de homicidios, está en 5.5 por cada cien mil. El único país que está por debajo es Chile. Tenemos menos homicidios que Uruguay, y el país con más homicidios es Honduras, con una tasa de 98 por cada 100 mil», aseguró.

paredes
«Sí hay una tasa altísima de presos sin condena. Y Argentina tiene una alta tasa, de lo que también se mide y que se denomina, no sensación de inseguridad, sino de victimización. Argentina es el tercer país en América Latina, que cuando se hacen las encuestas, tiene la tasa de victimización más alta. Es decir es una paradoja vinculada a la clase media porteña y a los medios de comunicación. Es una construcción de los medios, y lo que hace el Gobierno que entiende que está perdiendo el combate discursivo, es reaccionar en ese sentido», cuestionó.
En el mismo sentido, cuestionó el foco puesto en los extranjeros a los que se les podrá expulsar si son encontrados cometiendo un delito. «La tasa de extranjeros que cometen delitos en Argentina es del 5 por ciento sobre los condenados. Es muy baja, por lo que evidentemente no es un problema real, sino mediático, de los medios centrales, la televisión porteña. Y el Gobierno reacciona en ese sentido».
«En casos de frontera como el nuestro, si podría servir el extrañamiento de extranjeros, porque por ejemplo en la unidad 17 de Candelaria, (cárcel federal) la mayor cantidad de detenidos son por cuestiones de narcotráfico o contrabando. En esos casos si podría ser aplicable, pero es diferente el caso de la zona urbana de Buenos Aires, que es para donde está pensado esto», sostuvo.
«Para mi estas reformas del gobierno son autoritarias. El hecho que a los jueces se les ponga plazos, no los van a cumplir, van a encontrar maneras en la propia jurisprudencia que la crean ellos», apuntó.
Para el abogado, «la inseguridad no se resuelve con mas leyes penales, sino el día que tengamos mayor equilibrio social».
«La gente no sabe que Argentina está entre los tres o cuatro países con mayor cantidad de policías en el mundo. También es el país de Sudamérica con más policías, porque a las fuerzas policiales provinciales se sumaron en los últimos años, las fuerzas de seguridad como Gendarmería y Prefectura. El discurso sobre la inseguridad es un falso discurso. Ese en un problema social que las leyes penales no van a resolver», explicó.

 

“Sin recursos, no funcionará”

 

La fiscal Vivian Barboza no tiene dudas. La reforma va en sintonía con lo que se venía reclamando, pero sólo tendrá éxito si va de la mano del crecimiento de los recursos.
“Es lo que se estaba buscando. Todo lo que hace a montos de penas, la figura del homicidio culposo, los límites a las excarcelaciones, o el extrañamiento de extranjeros, me parece bien”, sintetiza la funcionaria federal.
“La experiencia es que cuando arrancamos con los casos de narcotráfico, el 70 por ciento de los aprehendidos, eran extranjeros, paraguayos y brasileños. Los misioneros eran los que se usaban para el tránsito. Ahora disminuyó ese porcentaje, pero los detenidos de los últimos cinco años siguen cumpliendo penas. Para el Estado argentino es un peso, porque ocupan lugar, hay que brindarles todo y proteger sus derechos”, explicó.

vivian barboza

Barboza considera lógico que se expulse a los que sean encontrados responsables de un delito, pero al mismo tiempo, advirtió que es necesario “reforzar los controles de ingreso para que no vuelvan o que, si lo hacen, cumplan la pena en su totalidad”.
También destacó el cambio de sistema que les dará el control de las investigaciones a los fiscales. “El tema que nos afecta es el principio acusatorio, es algo que hace rato se está bregando. Pero me preocupa la infraestructura judicial, que los fiscales seamos dotados de lo necesario. Ahora la estructura que manejan los jueces tiene recursos propios, como la tasa de justicia, lo que se recauda por decomisos, que hacen un fondo de Justicia, y tienen tres o cuatro veces recursos más que los fiscales”, explicó.
“Nosotros tenemos cinco personas para atender todas las cuestiones penales. Y si lo que se busca es que un fiscal sea el que investigue, debemos tener la estructura suficiente, si”, agregó.
En ese sentido, aseguró que la investigación en manos de los fiscales le dará celeridad a los procesos. “Pero es fundamental contar con los recursos, dotar de personal y estructura. Somos una quinta parte del Poder Judicial”.
“También debemos ver si nos dan el manejo pleno del principio de oportunidad, para que el fiscal decida la cuestión a investigar, que determine que si un involucrado aporta datos que nos permita realizar investigaciones, se pueda pactar una disminución de la pena. Así podremos avanzar con causas de relevancia institucional y gravedad pública, para que lleguen a juicio y cerrar las causas menores. Si no, seguiremos sobrecargados y con la misma demora”, sentenció.

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