Tras la implementación efectiva del sistema “Conocé lo que pagás”, los usuarios de telefonía móvil tienen disponible en su teléfono o correo electrónico la información con los costos de los servicios contratados con las empresas del sector y el detalle de los consumos realizados durante los últimos seis meses.
La medida, dispuesta por la Secretarí¬a de Comunicaciones y la Secretarí¬a de Comercio de la Nación, es resultado de incesantes y permanentes reclamos de las oficinas de Defensa del Consumidor de cada provincia ante las empresas telefónicas desde la entidad que los nuclea: el Consejo Federal del Consumo (COFEDEC). Desde ahora, se obliga a las empresas prestadoras del servicio a informar a sus clientes el costo de los servicios contratados a través de distintos canales.
Esta nueva regulación contempla los derechos de los usuarios que muchas veces se ven vulnerados por no tener información clara sobre los precios y los consumos realizados. Es decir qué y cuánto se paga, ya sea en los servicios prepago como en los pospago de todas las empresas (ver: http://www.secom.gov.ar/sp/wp-content/uploads/2014/06/Conoc%C3%A9-lo-que-pagas.pdf).
El titular de la línea deberá contar con la información sobre el precio del abono, el precio del segundo y de los primeros 30 segundos de la llamada y que nunca deberá superar al valor del segundo multiplicado por 30, el costo de los mensajes de texto y multimedia, datos y navegación de Internet. Además de las promociones y bonificaciones.
Esta información deberá estar disponible a través de las lí¬neas de atención al usuario gratuitas, las páginas web de las compañí¬as, en un correo electrónico a disposición del usuario y para los usuarios pospago estará disponible en sus facturas, tanto en papel como electrónicas.
La regulación
La medida obliga a las empresas de telefonía móvil a informar a los usuarios el costo de los servicios contratados.
A su vez, cada usuario recibirá en su teléfono celular un mensaje de texto cada vez que cargue crédito o renueve su saldo informando los precios del abono, del segundo de voz, del bloque de los primeros 30 segundos, del sms y de Internet dentro de su plan actual.
Es de destacar que el transparentar esta información, que hasta ahora había sido poco clara por parte de las empresas, dota a los consumidores de herramientas para comparar y elegir entre las distintas empresas y servicios.
Así mismo los usuarios podrán también conocer el detalle de las llamadas efectuadas, con indicación del destino u origen, la cantidad de segundos de voz utilizados, los mensajes que se hayan enviado y el consumo de Internet móvil realizados durante los últimos seis meses. Todo con sus respectivos costos.
Ante problemas o quejas, los consumidores podrán realizar sus denuncias ante la Comisión Nacional de Comunicaciones, en cualquiera de sus 26 delegaciones en todo el paí¬s.
En Misiones se puede realizar la denuncia o pedir por información llamando al 0800 888 53267 o en las oficinas de Defensa del Consumidor de la provincia ubicadas en Av. Mitre 2180, de Posadas; en Larrea 731, de Oberá; en Av. Aguirre 396 de Puerto Iguazú; en la Calle Kenedy Nº 231 (Eldorado) y en la avenida Libertador 3015 (Montecarlo)
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RESOLUCION CONJUNTA SECRETARIA DE COMERCIO- SECRETARIA DE COMUNICACIONES
Nº 29/2014 Y 81/2014
LAS PRESTADORAS DE SERVICIO DE COMUNICACIONES MÓVILES:
A) Deberán informar a los consumidores en forma REGULAR Y GRATUITA, como mínimo los siguientes PRECIOS:
a) del abono correspondiente al plan contratado
b) para llamada local, larga distancia nacional e internacional:
b1)Precio de los 1º 30 segundos,
b2) precio del segundo
c) Del envío de mensajes de texto (SMS)
d) Del envío de mensajes multimedia (MMS)
e) De acceso a Internet por hora, día, etc., según corresponda
f) Valor nominal de las bonificaciones, importe bonificado y condiciones
g) Para las promociones: conceptos que afectan, cómo operan, lapso de vigencia y precio del servicio cuando finalice la promoción. La información deberá ser clara, veraz y sin ocultamientos ni inexactitudes.
h) todo gasto administrativo.
ESTOS DATOS DEBERÁN SER COMUNICADOS A LOS CONSUMIDORES A TRAVÉS DE UN SMS AL MOMENTO DE LA RECARGA DE CRÉDITO O AL INICIO DE CADA FACTURACIÓN MENSUAL O RECARGA O ACREDITACIÓN AUTOMÁTICA.
B) Deberán poner a disposición de consumidor la siguiente información:
a) Detalle de llamadas, destino y segundos utilizados, si se efectuaron dentro o fuera de la red
b) Detalle de SMS y MMS y si se efectuaron dentro o fuera de la red
c) Cantidad de datos consumidos o acceso a Internet
d) Otros consumos realizados.
C) Los precios y los cargos correspondientes al consumidor final deberán incluir los impuestos, tasas y contribuciones que correspondan.
D) La información estará disponible:
a) Usuarios con servicio PREPAGO:
a1) En el sitio web de cada prestadora
a2) Un correo a disposición del usuario
a3) Líneas telefónicas gratuitas
b) Usuarios con modalidad pospaga o mixta
b1 ) En la factura
b2) En el sitio web de cada prestadora
b3) Un correo a disposición del usuario
b4) Líneas telefónicas gratuitas