Proponen implementar un certificado de libre deuda alimentaria

Pretenden que se actúe con mayor rigor ante los incumplidores del Registro Público de Alimentantes Morosos.

Sería similar al utilizado para automóviles e inmuebles y se exigirá para la realización de trámites financieros y administrativos. Pretenden que se actúe con mayor rigor ante los incumplidores del Registro Público de Alimentantes Morosos. Se trata de un proyecto de ley presentado por el diputado Aníbal Vogel, que obtuvo dictamen positivo en la Comisión de Legislación General de la Cámara de Representantes de Misiones.
Si la propuesta se convierte en ley, quienes no posean este “libre deuda alimentaria” no podrían acceder a créditos, cuentas corrientes, tarjetas de crédito, ser proveedores del Estado, ni ser adjudicatarios de viviendas sociales.
El Registro Público de Alimentantes Morosos de la provincia fue creado por ley en el año 1999, con el objetivo de identificar a todas las personas que incumplen su obligación alimentaria ordenada por la Justicia.
El diputado consideró que, si bien Misiones fue pionera al sancionar esa norma, no se están obteniendo los efectos de concientización al alimentante que inicialmente se pretendieron. Por esa razón presentó el proyecto de modificación “ante la necesidad de imponer mayor rigurosidad a la norma original, con la finalidad de garantizar el cumplimiento efectivo de las obligaciones de manutención”, según los fundamentos de la iniciativa.
“Sabemos que los municipios y la provincia deben suplir la falta de cumplimiento de quienes tienen la obligación alimentaria, ayudando económicamente a las familias desamparadas por desidia de aquellos sobre los que pesa esta obligación; y esta situación provoca erogaciones por parte del Estado que bien podrían ser invertidas en otros ámbitos de necesidad para la sociedad”, advierte.
“La Provincia tiene el compromiso de asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de los padres, tutores u otras personas responsables de él ante la Ley; con ese fin debemos tomar todas las medidas legislativas y administrativas que sean adecuadas para lograrlo, y consideramos que dicho efecto lo lograríamos adecuando la ley”, explica.
“No hay razón que exima a los progenitores del cumplimiento de la obligación asignada con relación a sus hijos, ya que se estaría perjudicando y violando el ejercicio de sus derechos; como consecuencia el Estado no tendría que estar supliéndolos en esta obligación, sino que es el deber del Estado encontrar la forma de obligarlos a quienes tienen ese deber”, agrega.
“Este proyecto de modificación ayudaría enormemente a quienes detentan la tenencia de menores, estas personas deben luchar y hasta mendigar para poder alimentar a sus niños, y quienes tienen la obligación de pasar esa pensión alimentaria se esconden detrás de la falta de sanciones de la misma ley”, concluye.

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