Los criterios de evaluación comúnes apuntan a la capacidad de aprendizaje, coordinación visomotora (es importante para la portación de armas, se trata de la coordinación de lo percibido y de la acción ejecutada a partir de la misma), estabilidad emocional (se refiere a recursos emocionales para responder a situaciones de estrés o crisis) y la adaptación a las normas y respeto a la autoridad.
También se tiene en cuenta la tolerancia a la frustración (estrés o presión del medio) y la flexibilidad, capacidad para acomodarse a situaciones nuevas. Además se incluye la dependencia a las drogas y el alcoholismo en sus distintos grados, fallas en el control de la impulsividad.
Las evaluaciones psicológicas se realizan en el ingreso -excluyente- y a la hora del ascenso. Asimismo ante la Dirección General de Recursos Humanos, se evalúan aquellos efectivos que sin hallarse en condiciones de ascenso, evidencien problemas de conducta sociales, psicológicos o psiquiátricos, a quienes en dicha instancia además se les retira el arma reglamentaria.
Los legisladores apuntan ahora a una evaluación externa.
Ò En la evaluación psicológica del personal policial no se deben observar indicadores de trastornos psicopatológicos que puedan obstaculizar el correcto desempeño de su función.
Ò Algunos aspectos a evaluar son:
Ò Estabilidad psico-emocional
Ò Pensamiento, juicio, memoria y razonamiento conservado, sin alteraciones. Capacidad para discernir
Ò Control y buen manejo de los impulsos, agresividad y ansiedad
Ò Conducta de acuerdo a lo esperado para el rol como funcionario policial
Ò Recursos cognitivos y psicológicos que permitan la toma de decisiones y resolución de problemas