El Concejo posadeño aprobó por unanimidad el Jury al juez de Faltas, Hugo Barrios

El juez municipal de Faltas, Hugo Javier Barrios fue denunciado ante el Concejo Deliberante de Posadas por presunto abuso de poder y acoso sexual en el ámbito laboral. El magistrado ya había enfrentado una acusación de estas características en 2009. Los concejales decidieron abrir el proceso de enjuiciamiento al juez de Faltas por supuesto mal desempeño e incapacidad para estar frente al cargo y fue separado de su cargo. Por unanimidad, los ediles decidieron abrir el Jury, y los concejales cuestionaron su actitud inapropiada y agregaron que después de las pericias realizadas, se comprobó que el hasta ahora magistrado, muestra “incapacidad de reconocer errores propios, ejerce una excesiva presión sobre los empleados, evidenciaba problemas de salud e inseguridad”.

 

El juez Barrios deberá enfrentar al jury
El juez Barrios deberá enfrentar al jur

 

Los concejales destacaron el trabajo de investigación de la Comisión de Enjuiciamiento y en este sentido, Julio Vivero transmitió la tranquilidad de haber trabajado con la participación de todos los testigos y profesionales. “Esto demuestra la capacidad de trabajo de los concejales, de dar respuesta con profesionalidad y seguir trabajando, porque esto es el primer paso para seguir profundizando la investigación, encontramos razones para ello, para seguir y finalmente con el aportes de mas pruebas, interconsultas el Jurado de Enjuiciamiento será quien finalmente exponga su postura, pero para ello desde nuestra comisión investigamos, interrogamos, participaron todos los involucrados y testigos para poder presentar hoy este dictamen resolutivo con todos los expedientes correspondientes según los aportes y testimonios recogidos estas ultimas semanas”, explicó Vivero.

 

Barrios fue denunciado por abuso de autoridad, abuso a la integridad física y acoso laboral.

 

El juez Barrios incurrió en amenazas, irregularidades en su accionar y presenta incapacidad para el ejercicio de sus funciones

 

El dictamen de la Comisión de Legislación que se leyó previa a la votación del Jury en el Concejo Deliberante posadeño no deja dudas de los motivos que llevaron al titular del Juzgado de Faltas II de Posadas a su suspensión y quedar al borde de la destitución. Según reza el escrito, de las pruebas que a lo largo de la investigación se han incorporado, resultan suficientes elementos de convicción que habilitan elevar la causa al Jurado de Enjuiciamiento, por entender que Barrios  habría incurrido en conductas que encuadrarían en lo establecido por el art. 40 de la Carta Orgánica Municipal y abierta infracción al art. 23 inciso 2º de la Ordenanza Municipal Nº 3325/2013, como son: irregularidad en el desempeño de sus funciones, amenazas e incapacidad física o intelectual para ejercer sus funciones.

 

Además el escrito refleja que de la pericia psicológica efectuada a Barrios, quien se sometiera voluntariamente a la misma, se evidenciaron dificultades de orientación temporo-espacial, con necesidad de consultar constantemente la fecha en que se encontraba; presenta valores significativos de represión o sobrecontrol emocional y tendencia a la negación, poca capacidad para afrontar cambios; impulsividad y dificultad en las relaciones interpersonales, con tendencia a culpar a los demás de sus propios errores. Presenta indicadores de compromiso neurológico que podrían tener relación con el cuadro de trombosis isquémica o con la medicación que le fuera recetada (anticoagulantes y anticonvulsivantes). Presenta dificultad para la coordinación visomotriz, la capacidad simbólica y reproducción de figuras. De acuerdo a estos resultados, la profesional interviniente sugiere la interconsulta de área de neurología para una mejor comprensión del cuadro.

 

Asimismo según sobre el punto que refiere a la irregularidad en sus funciones los testigos y agentes municipales Horacio Morgestern y Yatay Barrios, a partir del propio argumento utilizado por su parte resulta que, en principio, habría incumplido con los deberes a su cargo. Habiendo constatado el Juez Barrios, las continuas inasistencias, tardanzas de la agente Yatay Barrios, como así también su falta de contracción o predisposición al trabajo ha omitido tomar medidas disciplinarias, tal como lo establece el Articulo 23 de la Ordenanza Municipal Nº 3325/2013 que le confiere en el inciso 2º la potestad de “instar sanciones disciplinarias”. Similar actitud habría asumido el acusado con relación al agente municipal Horacio Morgesten, que a partir de los propios dichos del Juez, habría mantenido una relación de tipo amorosa con la señorita Ruth Vergara, provocando actos indecorosos, manteniendo una conducta impropia, en el ámbito laboral. Se reitera, todo ello de acuerdo a las testimoniales recepcionadas en el expediente, como así en la edición del programa “El Periodista”, de fecha 28 de abril del 2014, en el que fueran entrevistados tanto las denunciantes como el denunciado en la presente causa. Todo ello constituiría una omisión al deber de arbitrar medidas urgentes (sanción disciplinaria –Sumario administrativo) que orienten y permitan el normal desarrollo de las funciones del personal a su cargo, más aun, como en el caso de Yatay Barrios, en que las faltas reiteradas se sucedieron a lo largo de seis años.

 

 

Amenazas

 

En los fundamentos se señala que, “es necesario observar que han sostenido los autores que para que una persona se sienta amenazada o intimidada es necesario que “La facultad de deliberación del individuo amenazado se halle perturbada porque se siente inseguro y en peligro, afectándose su psiquis, su libertad moral. Para que se hable de amenaza, ocasionar el daño debe ser atribución del sujeto activo, dependiente de su voluntad y de posible realización.”  La denunciante Gabriela Betiana Vergara expresa que recibía por parte del acusado, Dr. Hugo Javier Barrios, constantes presiones en el ámbito laboral y hasta amenazas con posterioridad a que se conociera la denuncia que hiciera su Hermana Ruth Vergara contra el Juez Hugo Javier Barrios. Conforme surge de las declaraciones de Duran Ricardo Daniel y de Vanesa Gross, esas aseveraciones resultaron ser ciertas, manifestando que se habrían producido en el lugar de trabajo y mediante diálogos con la propia Gabriela Vergara quien en todo momento mostraba signos de la preocupación y angustia.

Por otra parte, de las declaraciones de Vanesa Gross,  Horacio Morgestern; y de las ampliaciones de denuncias de Yatay Barrios, Ruth Vergara y Gabriela Vergara, sostienen que el Dr. Hugo Javier Barrios tenía un trato inapropiado con el personal femenino del Juzgado, poniendo así nerviosas y en una situación molesta e incomoda a estas.

En tanto la Pericial Psicológica, en relación a Gabriela Vergara, expresa: “La Srta. Gabriela presenta claros indicadores de afección tanto en su salud física como psíquica con alteraciones del ritmo del sueño, falta de apetito, elevado nivel de ansiedad, sentimientos de inestabilidad, con esfuerzo fallido de regulación constante del área afectiva e intelectual. Los mismos se encuentran en directa relación con el hecho relatado en autos, los sentimientos de presión de su entorno laboral, la inestabilidad en el puesto y lugar de trabajo, el ambiente hostil bajo el cual desempeñaba su tarea y las consecuencias vividas tras realizada la denuncia. Donde las mismas desarrollaron un cuadro de ansiedad persecutoria  elevada al punto de alterar su conducta habitual- con reserva de vínculos o relaciones sociales-  y la presencia de sueños de angustia.”   La incorporación de la respuesta del oficio al Juzgado de Instrucción nº 3, a fs. 535 y 536 por la que se envía dos Cds conteniendo los audios, que constituirían indicios, de la voz del acusado refiriéndose a la persona de Gabriela Vegara, en términos como: “… decile a tu hermanita que deje de hablar por la radio porque te puede costar tu laburito…” estos dichos sustentan  las afirmaciones de esta denunciante respecto de la conducta del acusado.

 

“A partir de los testimonios referidos y la pericial medica Psicológica respecto de las persona de Gabriela Vergara y del Dr. Hugo Barrios, surgiría una relación directa entre los hechos relatados y los actos realizados por los sujetos intervinientes, que permitiría inferir que la conducta del Dr. Hugo J. Barrios se hallaría comprendida en amenazas en el ámbito  laboral, que tornaría su conducta inapropiada y reprochable, que ameritaría la elevación por ante el Jurado de Enjuiciamiento”.

 

Incapacidad física o intelectual para ejercer sus funciones

 

En otro punto de la Pericia Psicológica incorporada respecto de la persona de Barrios, en cuanto a su perfil se revela que “… se observan actitudes de desconfianza, cautela y suspicacia ante la constante sensación de amenazas de parte del ambiente. Por lo cual reacciona con manifestaciones de franca hostilidad y agresión, que simultáneamente o después, repercuten en sentimientos de culpa, a los que, sin embargo, pueden considerarse poco eficaces para controlar sus descargas agresivas. Las relaciones interpersonales son problemáticas, ya que la persona además de cautelosa, es insegura. Trata de culpar a los demás de sus propias fallas y fracasos explicando que se siente muy limitado y presionado por el ambiente que lo rodea. Esta descripción  implica la percepción del mundo como hostil y amenazador. Se siente maltratado por la vida. Observándose entonces indicadores de impulsividad, y dificultad en las relaciones interpersonales”.

 

Para concluir, el informe pericial señala, que “según lo colegido en el cuestionario de personalidad nos indica cierto desprecio por las leyes, una tendencia a aprovechar las oportunidades, simpatía por quienes saben aprovecharse de otros, y sentimientos de venganza hacia quienes lo descubren cuando hace algo indebido. Indica la presencia de dudas con respecto a ser entendido y ayudado por otros. Se han encontrado valores significativos de Represión: Indica la tendencia a un sobre control emocional, con tendencia a la negación y poca capacidad para afrontar cambios. Hostilidad excesivamente controlada. Indica la posibilidad de actitudes violentas. No necesariamente indica la presencia de tendencia al acting, pero sí que ante situaciones de desborde, aparezcan actos hostiles y/o violentos de importancia.”

El CASO

 

El escándalo se disparó por la denuncia de Ruth Vergara, una empleada del juzgado que fue despedida después de rechazar el supuesto acoso sexual de Barrios.

 

“En la facultad no era así por eso me animé a trabajar con él, era otra persona. En el Juzgado se sentía poderoso”, declaró Ruth.

 

La joven que llevó a cabo la denuncia contó que “el acoso era constante”.

 

Además de enfrentar la acusación, el magistrado fue suspendido en la Universidad Católica de Santa Fe, donde daba clases y donde estudiaba Vergara. Desde la institución anunciaron que Barrios fue separado de sus cargos docentes mientras durara el tratamiento del caso. Si bien argumentaron que no tienen potestad para juzgar al titular del Juzgado de Faltas, sí pueden preservar a los alumnos frente a una situación que adquirió un carácter mediático.

 

Ruth Vergara también denunció que desde que llevó a cabo la acusación recibe amenazas desde un celular anónimo: “Esto no va a quedar así. No te vas a salir con la tuya”, precisaba uno de los mensajes. La joven tiene miedo y ahora, además, está desempleada y no puede pagar la cuota de la Universidad.

La votación de los ediles

 

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