Guiño de la Corte a planteo de Misiones por el Parque Provincial Iguazú

La Corte Suprema le dio esperanzas a la pretensión misionera de crear el Parque Provincial del Iguazú. Aunque todavía sigue el análisis de la cuestión de fondo tras el reclamo jurídico de Parques Nacionales contra la ley sancionada por la Cámara de Diputados de Misiones, el guiño de los magistrados permite avizorar una sentencia más favorable que la cerrazón inicial. La resolución de la Corte

 

El organismo nacional que custodia la zona de las Cataratas del Iguazú cuestionó la posible creación del parque provincial y la Corte paralizó cualquier acción misionera.

Pero ahora admitió introducir al análisis de fondo la modificación a la ley original de la creación del Parque Provincial del Río Iguazú, que incorpora un artículo que refiere expresamente a la imposibilidad del Poder Ejecutivo  de realizar actos, o disponer medidas reglamentarias que pudieran afectar los fines del Parque Nacional Iguazú. Además, se especifica que las decisiones que pudieran afectar los recursos naturales y ambientales las adoptará con conocimiento de los concejos deliberantes de los lugares comprometidos.

“El Tribunal ha señalado en forma reiterada que sus sentencias deben ajustarse a las circunstancias existentes al momento de ser dictadas, aunque sean sobrevivientes, razón por la cuál corresponderá considerar en la oportunidad del dictado de la sentencia definitiva la nueva redacción de la norma impugnada”, señala la resolución firmada por Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Enrique Petracchi.

La decisión es clave para la pretensión misionera de crear el parque, ya que el artículo incorporado, que ahora será considerado, garantiza que los intereses de Parques Nacionales no serán tocados, por lo que la Corte debería admitir el reclamo en virtud de que la explotación de los recursos naturales corresponde a las provincias, tal como lo establece la reforma de la Constitución de 1994.

El nuevo artículo 124, además de establecer las facultades de crear regiones para desarrollo económico y social y de celebración de convenios internacionales compatibles con la política exterior nacional, reza en su último párrafo lo siguiente “Corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio.

Lo positivo de la resolución de la Corte es que tiene presente la nueva ley provincial, sancionada el año pasado que es la que deja sin objeto al juicio toda vez que aclara contundentemente que no se tocan intereses de Parques Nacionales. Basándose en esa ley podría declararse abstracto el juicio y avalar de ese modo la creación del parque. En cambio, en el mismo instrumento, rechazó la intervención como parte, del Defensor del Pueblo de Posadas, como defensor de la propuesta provincial.

La ley mediante la cual se creó el Parque Provincial del río Iguazú es el resultado de una legislación estratégica dirigida a proteger los recursos naturales en el marco del ejercicio de facultades y atribuciones provinciales que no han sido delegadas a la Nación. La norma apunta a la prevención y conservación de la singular flora y fauna existente dentro de los límites del parque así como las Cataratas, bienes del dominio público que le corresponden a Misiones.

La ley en discusión creó el Parque Provincial del Río Iguazú, que se extiende a lo largo, desde la desembocadura del río San Antonio y hasta una línea imaginaria trazada 200 metros aguas arriba del puente internacional Tancredo Neves, y a lo ancho, en el tramo argentino que va desde la línea de la ribera y hasta el límite internacional de ese curso de agua que Misiones comparte con Brasil.

La ley declara también de «interés estratégico al ecosistema de interfase actual o futuro del Parque Provincial del Río Iguazú, de dominio y jurisdicción de la Provincia, resultando de interés público la prevención y conservación de la única y singular fauna íctica, anfibios, reptiles, pájaros y mamíferos, flora terrestre, aérea y acuática, Plancton y los ciclos biogeoquímicos que la componen», según consigna.

La Ley establece que el nuevo Parque comprende además, las islas formadas en el lado argentino del río y le confiere al sector argentino de las Cataratas del Iguazú la categoría adicional de «paisaje especialmente protegido», al tiempo que establece una zona auxiliar protectora del área. Para el tramo lindante con el departamento General Manuel Belgrano establece la protección de la fauna y las fajas de bosques nativos en galería.

 

LA REGION

NACIONALES

INTERNACIONALES

ULTIMAS NOTICIAS

Newsletter

Columnas