Desde ayer rige la suba de impuestos a varias actividades

Financieras, telefónicas y algunas actividades productivas registran una suba de las alícuotas de Ingresos Brutos, según la resolución de la Dirección General de Rentas que fue publicada en el Boletín Oficial.

En el Boletín Oficial de la provincia se publicó el pasado 27 de diciembre una resolución de la Dirección General de Rentas que establece cambios en la política tributaria que comenzarán a regir desde el 1 de enero con el objetivo de fortalecer la recaudación para incrementar los recursos genuinos para cumplir metas fiscales y atender diversas demandas sociales y sectoriales.

 

Así, las actividades de producción y comercialización de bienes, locaciones y prestaciones de obras y servicios que tributan hasta ahora 2,50 por ciento, sufrirán un incremento de 0,50 por ciento. En tanto, la comercialización de bienes, locaciones y prestaciones de obras y servicios, cualquiera fuese la actividad, cuando los mismos sean comercializados o prestados, según el caso, en forma directa a consumidores finales, que tributan 3,40 por ciento, ahora tendrán un aumento de 0.60 por ciento. Seguirán exentas las actividades que tienen alícuota cero, los servicios públicos y las industrias que no facturen más de mil millones de pesos anuales, las clínicas y sanatorios, así como prestadores de salud, los medicamentos de uso humano y los contribuyentes que no facturen más de 600 mil pesos brutos anuales.

 

La alícuota aplicable a actividades especiales, servicios de telecomunicaciones, intermediación y otros servicios financieros, excepto aseguradoras, casinos y otros juego de azar y apuesta, excepto las agencias, resultará de multiplicar el impuesto sobre los Ingresos Brutos con las subas de 0.50 y 0.60, según corresponda, con el coeficiente de 1.30.

 

También se crea una tasa de servicios yerbateros que será abonada por los sujetos que reciban cualquier asistencia de control, certificación, registro de productores, secaderos, monitoreo de datos que realice el ministerio del Agro.

 

Por kilo de yerba canchada se estableció una tasa de 0.99 pesos que podrá ser computada como pago a cuenta de la tasa de servicios yerbateros. El valor de la tasa deberá adicionarse al precio de la yerba fijado por el Instituto Nacional de la Yerba Mate y discriminarse el importe en el comprobante de venta. 

 

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