El Concejo Deliberante adoptó la figura del Depositario Judicial para bienes en custodia municipal

Lo hizo al aprobar por unanimidad un proyecto de ordenanza  de la concejala Claudina Deglise, a fin de dar uso a bienes que se encuentran a disposición de los Juzgados de Faltas y cuyos propietarios no reclaman o fuesen desconocidos. La norma establece la forma en que se otorgarán esos bienes, los requisitos por reunir para el mantenimiento de la cesión.

Crea también el Registro Público de Bienes Entregados en Depósito Judicial, en la esfera del Tribunal de Apelaciones Contravencional y Fiscal. Deberá integrarse dicho registro con la identificación de los bienes y de quien los recibe en depósito. Los Juzgados que los otorguen deberán hacer las pertinentes comunicaciones a ese registro.  

 

Precisa la ordenanza que «la figura del Depositario Judicial Municipal tiene por propósito la guarda, custodia, conservación, administración y manejo de los bienes muebles sean o no registrables que se encuentren a disposición de los Juzgados de Faltas Municipales, cuyos propietarios fuesen desconocidos o no fueran reclamados después de transcurrido seis meses de su secuestro».

 

Al tiempo que define que «podrán ser sujetos de Depositario Judicial Municipal, Poderes del Estado Provincial y Municipal, organismos de la Constitución provincial, de la Administración Central y entes autárquicos o descentralizados, organizaciones sin fines de lucro». Pero además «para que se proceda a la entrega del bien depositario se deberá contratar un seguro contra todo riesgo a fin de proteger el bien durante el depósito».

 

También se establece que «el Juez de Falta Municipal decidirá sobre la pérdida del derecho cuando se constate el uso indebido del bien, cuando el uso del bien fuera distinto al estipulado o cuando dejase de llenar los requisitos establecidos  por la presente ordenanza». Finalmente se determina que «el Tribunal de Apelaciones Contravencional y Fiscal dispondrá la publicación de edictos por un día en el Boletín Oficial de la Municipalidad de la ciudad de Posadas y semestralmente la lista de depositarios judiciales con la correspondiente identificación de los bienes dados en custodia».

 

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