Curso de iniciación deportiva para profesores, licenciados y estudiantes de Educación Física

El Consejo de Profesionales en Educación Física de la Provincia de Misiones -Ley I Nº 83- (Copefim), organiza el primer curso de capacitación sobre   “Iniciación deportiva”, a realizarse mañana lunes y el martes, en la Escuela Normal Mixta «EEUU del Brasil», destinado a los Profesores, Licenciados en Educación Física, y estudiantes de la carrera.


La modalidad es presencial y está auspiciado y aprobado por el Ministerio de cultura y  Educación bajo la Resol. Nº 345/13, por la Dirección de Educación Física y prácticas recreativas del  CGE, el Consejo de Deportes de la Pcia Mnes, la Esc. Normal EU del Brasil.

El disertante será el Licenciado Rubén Estudies capacitador de la Secretaria de Deportes de la Nación.  Además del curso de capacitación, será una gran convocatoria  donde el COPEFIM orientara y asesora a sus matriculados en la tarea que les compete como Profesionales en la Educación Física. Ya confirmaron la presencia docentes de las zonas de Eldorado, Jardín América, Montecarlo, Capiovi, Iguazú, Esperanza, Oberá y la gran población de Profes de Posadas.

El COPEFIM tiene como prioridad, reunir y agrupar a los profesionales en educación física  de la Provincia de Misiones  y uno de sus  objetivos  es la  jerarquización de   la profesión a través de las capacitaciones  y de  canalizar las iniciativas de sus matriculados.

 El COPEFIM, está  en el seno de la sociedad donde los profesionales desenvuelven su acción, con el propósito no solo de resguardar  los valores y la aplicación de la deontología profesional, sino también de afianzar la continuidad y eficiencia del servicio, a través de un control permanente  de sus matriculados y  Jerarquizar, promover el progreso de la educación física generando espacios de participación, debates y democratización de los saberes, fomentando el desarrollo científico, técnico y social, estimulando a los matriculados a la constante capacitación profesional.

Este Consejo también tiene un papel fundamental en la participación y asesoramiento a los poderes públicos, instituciones oficiales y entidades privadas en asunto de carácter – científico relacionado a la materia que nos compete.

El COPEFIM  creado por la ley  I – N° 83 (antes ley Pcial N° 2870), procura garantizar a la población, la profesionalización y capacitación técnica de los profesionales en educación física y que posean los conocimientos necesarios para favorecer la salud, seguridad y calidad de vida de los estudiantes de todos los niveles educativos y de las diferentes personas que realizan actividades físicas, deportivas y/o recreativas.

http://www.diputadosmisiones.gov.ar/digesto_juridico/documentos/083LP-2870.pd

http://copefim.blogspot.com.ar/

Importancia del COPEFIM para la sociedad.

  La población actual, en todos los niveles y ámbitos han tomado mayor conciencia de la necesidad de practicar actividades físicas y deportivas por su estricta relación con la salud, la prevención de enfermedades y la mejora de la calidad de vida.

  Pero sabemos, que hay gente que no está verdaderamente capacitado, porque no posee la titulación adecuada, ni la formación específica para cada especialidad.

  Muchas de esas personas, con muy baja o ninguna formación dictan clases y dosifican entrenamientos tanto a personas sanas como a personas de diferentes poblaciones especiales (diabéticos, hipertensos, obesos, cardiacos, discapacitados, etc).

 En la Ley V – N° 5 (ex Ley Pcial 2973) Ley Provincial de Deporte y Recreación, en los Art. 24, 25 y 26, establece que los institutos especializados y gimnasios deberán contar con el asesoramiento de un profesional en educación física y corresponde al Consejo Provincial de Deportes y Recreación autorizar, fiscalizar y determinar las sanciones  por transgresiones a la misma.

  El COPEFIM  insistirá en los controles sobre quienes dictan clases en escuelas privadas, y/o estatales en todos los niveles, gimnasios, clubes, entidades y/o institutos públicos y privados deportivos y/o recreativos, asegurando un servicio profesional a la sociedad.

  Si no hay control, la sociedad podría estará  en riesgo, pues con los ejercicios y actividades que se proponen, pueden incidir para bien o para mal  en la salud de la población de niños, jóvenes, adultos, adultos mayores, quizás si se trata de alguien no profesional se vea perjudicando su crecimiento, dañando articulaciones, etc. por mal dosificación  lesionándolos para toda la vida o quizás provocando la muerte  en algún caso por falta de conocimiento de las diferentes adaptaciones a cada persona  sana  o con patologías especificas.

  Esto no altera los puestos de trabajo, por ejemplo, de los árbitros, de los técnicos de futbol, vóley etc, ya que no tienen incumbencia con los profesionales en educación física matriculados. Los instructores seguirán existiendo en algunas ramas, siempre que cuenten en el lugar con un profesional en educación física debidamente matriculado que cumpliría el rol de director técnico del lugar, teniendo que supervisar y responsabilizarse de todas las actividades ofrecidas en la institución, de manera que se garantice la calidad de aprendizaje orientados a satisfacer las demandas de la sociedad actual en materia de actividad física, (como lo establece la ley que nos avala, la ordenanza municipal de la ciudad de Posadas Nº 50/97 y la Ord. Nº 1301),  comparando la situación con la que sucede en la farmacia, donde trabajan diferente personal bajo la supervisión y control del farmacéutico.

    

 Paulo Rojas

PRESIDENTE COPEFIM– MAT Nº 0024 –

CEL. 03764  0806205.-

[email protected] 

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