Habilitan el uso de stevia como endulzante para yerba, té y bebidas alcohólicas

Por gestión del ministerio de Salud de Misiones, el Código Alimentario Argentino incorporó a la hoja de la hierba que se cultiva en Misiones y al extracto de este producto, como endulzante para infusiones y bebidas alcohólicas. 

 


Radio Libertad. Federico Payes Monzón, funcionario de Salud Pública

Desde el ministerio de Salud Pública de la provincia destacaron la incorporación al Código Alimentario Argentino, de la hierba cuyas propiedades ya habían sido descriptas por el Moisés “El Sabio” Bertoni, como endulzante para té, infusiones de hierbas, yerba mate y bebidas alcohólicas. Federico Payes Monzón, funcionario del citado ministerio, explicó que la Provincia realizó gestiones ante la Comisión Nacional de Alimentos, que permitieron que el producto misionero fuera reconocido por la autoridad nacional como un ingrediente apto para el consumo humano y habilitaron su uso en distintas formas.

Recordó que en el año 2009 se aceptó la hoja de la stevia como apta para el consumo y se la incorporó al capitulo “Vegetales” del Código Alimentario, aunque todavía sin el uso de su propiedad edulcorante. Un año después se permitió el uso como extracto vegetal, en bebidas.

Monzón recordó además que la Cámara de Representantes de la Provincia sancionó en 2010 la Ley de Alimentos Artesanales en la que incluye al uso de la hierba que se cultiva en la provincia, norma que fue reglamentada por el decreto 655/11.

Finalmente el Código Alimentario la incorporó como hierba con la posibilidad de adicionarlo al té, la yerba mate y bebidas alcohólicas y se habilitó el uso de su propiedad edulcorante.

El agregado de la stevia al código fue formalizado a través de la resolución conjunta 86/2012 y 273/2012 de la Conal, que en su artículo 1º expresa: “Podrán adicionarse al té y a las hierbas para infusiones definidas en el artículo 1192, hojas sanas, limpias y secas de Stevia  Rebaudiana Bertoni. En estos casos deberá agregarse a la denominación correspondiente ‘edulcorada con hojas de stevia”. El artículo 2º se refiere a su uso como edulcorante para la yerba mate: “Podrán adicionarse a la ‘Yerba Mate Elaborada Despalillada’ o ‘…con Palo’, y a la ‘Yerba Mate Compuesta’ o ‘Yerba Mate Aromatizada’, hojas sanas, limpias y secas de Stevia Rebaudiana Bertoni. En estos casos deberá agregarse a la denominación correspondiente “edulcorada con hojas de stevia”. En el artículo 3º determina que “las bebidas alcohólicas a las que se les autoriza como ingrediente sustancias vegetales y/o sus extractos deberán utilizar las especies botánicas y cumplir con las restricciones de acuerdo con lo establecido en el presente Código. Se permite el uso de hojas sanas y limpias de Stevia Rebaudiana Bertoni”.

 

 

 

 

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