Personal doméstico: el trámite para blanquearlo se puede hacer por Internet

Esa opción es para los empleadores que ya poseen clave fiscal. En el caso de no poseerla se debe concurrir a la AFIP. El contador Diego Cáceres visitó esta mañana el programa La Mesa Grande y explicó los pasos que hay que seguir.

 

 



Cáceres indicó que “hay que sacar clave fiscal del empleador en la AFIP, para ello le van a solicitar una fotocopia del DNI. Si ya tiene clave fiscal el trámite se puede hacer por internet. Se debe ingresar al link que dice registro especial de la seguridad social, en la página del organismo tributario. Hay que registrar la relación laboral, y el pago se hace luego a mes vencido, para el cual se puede descargar el formulario también on line, es el 102/B, en el cual se completa el formulario y se puede realizar el pago hasta el día 10 de cada mes en cualquier banco o medio de pago tipo Rapi Pago o Pago Fácil”.

 

 

Sueldo mínimo

 

El monto es de 1294.93 pesos, y es lo mínimo que debe percibir un empleado/a doméstico por 4 horas diarias de trabajo. De aportes hay que abonar 135 pesos. Si el trabajo es “por horas” el pago debe ser de 20 pesos los sesenta minutos.

 

El contador expresó también que se debe tener en cuenta que “la nueva legislación prevé que la trabajadora goce del periodo de licencia por maternidad, equiparable a un trabajador dependiente de la ley de contrato de trabajo. Eso es 45 días pre y 45 días pos parto. Durante esos 45 días la empleada va a recibir asignaciones familiares equivalentes al monto de su remuneración, que pagará la ANSES”. Además en caso de despido corresponderá abonar una indemnización acorde al tiempo trabajado y que consiste en un mes de sueldo por año trabajado. 

 

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