Disponen un protocolo para retener armas en casos de violencia familiar

La ministra de Seguridad de la Nación, Nilda Garré, resolvió que los funcionarios de las fuerzas de seguridad federales, que tomen conocimiento de un hecho de violencia intrafamiliar deberán verificar si existe un arma de fuego a disposición del agresor.

Garré instruyó a la Policía Federal, de Seguridad Aeroportuaria, a la Gendarmería Nacional y a la Prefectura Naval, a que apliquen un protocolo de actuación sobre armas, ante casos de violencia en las familias.

El Ministerio emitió la resolución 299/2013, publicada el viernes en el Boletín Oficial, que especificó que los miembros de las fuerzas federales deberán consultar sobre existencia de armas de fuego en el lugar en que se produjo el incidente violento.

También, tendrán que constatar la tenencia de armas por parte del denunciado o que esté a disposición del agresor mediante posesión de familiares directos y convivientes.

Además, el protocolo precisó que en todos los casos se deberá requerir «inmediatamente» el acceso, por vía informática, a la base de datos del Registro Nacional de Armas (Renar) «a fin de verificar la existencia de un arma en tenencia del denunciado».

Si se comprueba que el agresor tiene acceso a armas de fuego, los funcionarios federales «solicitarán inmediatamente» una orden de allanamiento y secuestro al juez de turno.

El pedido se basará «en la comunicación recibida o la situación percibida, y en el peligro para la vida e integridad física de todas las personas vinculadas con la situación de violencia”, puntualizó la resolución.

A los efectos de sistematizar la información que permita identificar patrones criminales en casos de violencia intrafamiliar «se comunicará con carácter mensual a la coordinación de articulación con el ámbito judicial en materia de violencia de género», agregó.

Una vez secuestrada el arma de fuego «se tramitará mediante el Renar la remisión del material para el depósito transitorio, comunicando dicho proceder al juez interviniente».

Asimismo, con carácter mensual se remitirá copia de esta documentación a la subsecretaría de Articulación con los Poderes Judiciales y los Ministerios Públicos. 

En los considerandos de la resolución se explicó que la violencia intrafamiliar «en tanto abuso físico, sexual o emocional, es una de las principales formas de violencia contra la mujer».

Las armas de fuego en el hogar constituyen «un riesgo para sus habitantes en general y, en un contexto de violencia intrafamiliar, incrementan las posibilidades de una muerte en cualquier interacción conflictiva».

Asimismo, recordó los datos del Mapa de la Violencia de Género elaborado por la Asociación para Políticas Públicas en 2010, que aportó que «3.230 de los 5.681 homicidios de mujeres cometidos entre 1997 y 2009 se llevaron a cabo con la utilización de armas de fuego”.

El mismo estudio determinó que «son hombres quienes utilizan en su gran mayoría las armas de fuego, lo cual expone a las mujeres a sufrir no sólo físicamente, sino que también se las intimida psíquica mediante la utilización de las armas”.

El documento profundizó sobre la violencia psíquica «ejercida por medio del arma de fuego en el hogar» así como «la violencia letal que éstas ocasionan contra mujeres en ocasión de conflictos interpersonales».

Según la resolución ministerial, estas situaciones pueden prevenirse «a partir de la prohibición de tenencia de armas de fuego por parte de hombres con antecedentes de violencia».

La prohibición en la Argentina debe ser dispuesta por el Renar, dependiente del Ministerio de Justicia, «a partir de la toma de conocimiento de una denuncia formal que redunde en una posterior condena penal”, recordó la ministra. (Telam)

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