Oberá: locales deberán informar con carteles lo que puede consumir de alcohol un conductor

Los establecimientos habilitados para consumo de bebidas alcohólicas, como boliches bailables, confiterías, pubs, bares y restaurantes, como así también las estaciones de servicios deberán colocar carteles indicando la tolerancia máxima al alcohol en sangre permitido para conducir, si los ediles obereños aprueban el proyecto presentado por el Concejal Abel Aguzesco.

El proyecto toma en cuenta la Ley Nacional de Lucha contra el alcoholismo (24.788), que en su artículo 17 sustituye el inciso a de la Ley  24.449 y dispone nuevos límites de alcohol en sangre, los cuales, para conductores de motocicletas y ciclomotores se establecieron en 0,2 miligramos, para conductores de otros vehículos 0,5 miligramos, mientras quienes lo hacen de manera profesional (transporte de pasajeros, de menores y de carga) tienen absolutamente prohibido conducir bajo el consumo de alcohol cualquiera sea su concentración.

 

Asimismo el edil Aguzesco establece en su proyecto que cada cartel deberá colocarse de forma clara y visible y en él deberán figurar las equivalencias aceptadas de dosis de distintas bebidas alcohólicas especificando la cantidad permitida de ingestión.

 

Preocupado por los numerosos accidentes que tienen como protagonistas a  conductores alcoholizados, el concejal recordó que está demostrado que el alcohol es factor determinante de accidentes mortales en la mayoría de los países. Estadísticamente el 47% de los conductores no sabe cuál es el límite permitido de alcohol en sangre para poder conducir, mientras que alrededor del 70% desconoce los diversos efectos nocivos que produce la ingesta del mismo, concluyó.

 

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