Condenaron a proxenetas por explotar a una misionera en un burdel de Entre Ríos

Los jueces del Tribunal Federal de Paraná. (foto gentileza Juan Ignacio Pereira del diario Uno)

Los jueces del Tribunal Federal de Paraná. (foto gentileza Juan Ignacio Pereira del diario Uno)

Carlos Darío “Pito” Montiel y Susana Beatriz “Tuti” Silva llevaron bajo engaños a una joven de 19 años a Concordia donde nunca trabajó como niñera, sino que fue sometida a la prostitución en un burdel. Triste relato de la víctima, quien tuvo su primer hijo a los 12 años y antes de ser explotada en un cabaret, trabajaba como tarefera en San Vicente.

 

 

El Tribunal Oral Federal de Paraná condenó a cuatro años de prisión a Carlos Darío “Pito” Montiel por captar y trasladar a una joven misionera al prostíbulo “El Desafío” de Concordia, con fines de explotación sexual. Sin embargo, decidió absolver al imputado del delito de regente y administrador del cabaret, por lo cual la Fiscalía había reclamado que pague una multa de 25 mil pesos.

 

Los magistrados también encontraron culpable a Susana Beatriz “Tuti” Silva del delito de coautora de la captación y traslado, por lo que la pena fue fijada en un año y seis meses de prisión condicional. Si bien el fiscal de la causa José Candioti durante su alegato había puesto especial énfasis en el burdel y solicitó la clausura inmediata en caso de probarse su funcionamiento, el Tribunal no se pronunció en torno de ese pedido. El fiscal también requirió la prisión preventiva para el condenado y se corrió vista a la Defensa.

 

La causa caratulada “Montiel Carlos D. A. y Silva Susana B. Infracción al Artículo 145 Bis del Código Penal”, se ventiló mediante un debate público la semana pasada, y tuvo como imputados a Montiel y a Silva. Ambos fueron condenados este lunes por el delito de captación y traslado de persona mayor de 18 años con fines de explotación sexual. Además, a Montiel se le imputó la función de regenteador y administrador del cabaret El Desafío de Concordia, pero el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná no encontró fundamentos para penarlo por esa acusación, dio cuenta el  diario Río Uruguay.

 El Tribunal compuesto por Noemí Berros, Roberto López Arango y Lilia Carnero, resolvió en primer término rechazar el “Principio Non Bis in Idem”, planteado por ambas defensas y por el cual sostenían que se había dado un doble enjuiciamiento al imputado. El segundo punto de la sentencia estableció refutar la nulidad esbozada por la defensa de Montiel, a cargo de José Stolaza. En tercer lugar, la presidenta del Tribunal, expuso: “Declarar a Carlos Darío Montiel autor penalmente responsable del delito de trata de persona mayor de 18 años, y en su consecuencia condenarlo a la pena de cuatro años de prisión (Artículo 145 Bis y 45 del Código Penal). Absolver a Carlos Darío Montiel por la comisión en calidad de autor del delito de administración y regencia de ‘casa de tolerancia’ por el que fue acusado (Artículo 17 de la Ley 12.331)”. Además, declararon a Silva “partícipe secundaria del delito de trata de persona mayor de 18 años y sus consecuencias y condenarla a la pena de un año y seis meses de prisión y ejecución condicional (Artículos 145 Bis, 46 y 26 del Código Penal)”. En tanto, impusieron “las costas de la causa a los condenados”.

 

 

 

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